El 31 de mayo fue una fecha clave para cumplir ciertos requisitos de la PAC. Según el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), termina el periodo para presentar las comunicaciones de cesiones de derechos de pago básico, para presentar las solicitudes de ratificación del régimen de pequeños agricultores, y es la fecha determinante para el cumplimiento de algunos requisitos de las ayudas directas, que son los siguientes:
- Los solicitantes del Régimen de Pago Básico están obligados a tener a su disposición las parcelas a fecha 31 de mayo de 2019, bien en régimen de propiedad, usufructo, arrendamiento, aparcería o asignación por parte de una entidad gestora de un bien comunal.
- Los jóvenes agricultores y los agricultores que inician la actividad agraria, que soliciten derechos a la Reserva Nacional, deben cumplir los requisitos de primera instalación, poseer un nivel de capacitación agraria suficiente, así como estar de alta en el régimen de Seguridad Social correspondiente, a fecha 31 de mayo de 2019.
- Los ganaderos solicitantes de las ayudas asociadas deberán mantener la titularidad de las explotaciones en las que se encuentren los animales susceptibles de percibir la ayuda, durante las fechas en las que se determina la elegibilidad de los mismos y en todo caso hasta el 31 de mayo de 2019, con excepción de los casos de cambios de titularidad de la explotación que hayan tenido lugar antes de dicha fecha.
- Para el cobro de la Ayuda asociada al tomate para industria se debe presentar, a más tardar el 31 de mayo de 2019, la información sobre las parcelas contratadas de las que procede el tomate con destino a la transformación.
Cabe recordar que el periodo para presentar las ayudas 2019 finalizaba oficialmente el día 30 de abril, aunque la mayoría de las comunidades autónomas (a excepción de Cantabria, Navarra y País Vasco) decidieron ampliar el plazo -hasta el 15 de mayo, como máximo-.
Por lo tanto, los solicitantes de las ayudas tendrán la posibilidad de presentar posteriormente en caso necesario, por ejemplo, por un cambio en el plan de siembra, una modificación de su solicitud única en la que será posible añadir parcelas o derechos de pago básico a su solicitud, así como modificar la utilización de las parcelas o el régimen de ayuda solicitado en las mismas.
El periodo para ello comenzó al día siguiente de la finalización del plazo de la solicitud única en cada Comunidad y terminó el 31 de mayo de 2019 en toda España.