Navarra convoca ayudas para la adquisición de dispositivos para la implantación del vallado virtual

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El Boletín Oficial de Navarra (BON) publicó el 25 de junio la Resolución por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la adquisición de dispositivos para la implantación del vallado virtual al ganado bovino en régimen extensivo, en el periodo 2024-2029, y aprobar la convocatoria de ayudas para el año 2024.

La finalidad de la presente ayuda es la de mejorar la rentabilidad de las explotaciones ganaderas extensivas, aplicando los avances tecnológicos al sector agrario contribuyendo a su modernización y desarrollo, compensar los costes de la adquisición de dispositivos individuales, mantener el ganado localizado en extensivo y preservar los hábitats y los paisajes.

Además, según indica la Resolución, el objetivo es mantener unas explotaciones ganaderas competitivas y rentables y permitir el seguimiento y desarrollo de las políticas agrarias, sanitarias y medioambientales por parte de la Administración.

La duración del régimen de ayudas se extenderá desde la fecha de la publicación del presente régimen de ayudas, y hasta el 31 de diciembre de 2029.

Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas las personas titulares de las explotaciones de ganado bovino que tengan la condición de PYME activa dedicadas únicamente a la producción agrícola primaria. Además, deberán cumplir una serie de requisitos. La explotación deberá estar inscrita en Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra.

El beneficiario deberá ser titular de una explotación ganadera de vacuno con anterioridad al 1 de enero del año de publicación de la convocatoria anual de ayudas e inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas de Navarra. Además, será requisito para acceder a las ayudas alcanzar al menos 10 animales bovinos mayores de 18 meses a fecha de publicación de la convocatoria de la ayuda. Por último, la orientación productiva de la explotación de la especie bovina deberá ser del tipo «Reproducción para producción de carne».

Cuantía y plazo de solicitud

La cuantía de la ayuda que se conceda por dispositivo se determinará en virtud de los datos que se hagan constar en la documentación que se presente, y tendrá en todo caso, un límite de 300 euros como máximo por dispositivo de vallado virtual (incluyendo los complementos y software necesarios por dispositivo). El importe total de las ayudas por explotación ganadera no podrá superar los 15.000 euros anuales por beneficiario. En el caso de que una persona física o jurídica sea titular de más de una explotación ganadera, se aplicará este límite al beneficiario, no pudiendo superar los 15.000 euros anuales independientemente del número de explotaciones de las que sea titular.

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes desde la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra

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