El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publicó, el 3 de abril, la Orden por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera y las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Apícola en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las citadas ayudas tienen por finalidad contribuir a la consecución del objetivo fundamental de estas agrupaciones, es decir, la elevación del nivel sanitario-zootécnico de sus explotaciones mediante el establecimiento y ejecución de programas de profilaxis, lucha contra las enfermedades animales y mejora de sus condiciones higiénicas, que permitan mejorar el nivel productivo y sanitario de sus productos.
Para poder recibir las ayudas reguladas esta Orden, las ADS deberán cumplir los siguientes requisitos: encontrarse reconocidas como ADS el día de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura, y que concurran todas las condiciones que determinaron dicho reconocimiento; tratarse de explotaciones de productores ganaderos en actividad y que las explotaciones, beneficiarias finales de las ayuda, tengan la condición de PYMES; disponer y ejecutar los programas sanitarios fijados por la Administración, según la especie o especies animales que integren la Agrupación, y cumplir las funciones asignadas a los Veterinarios responsables autorizados.
Además, las ADS deberán haber realizado todos los controles y actuaciones sanitarias establecidas como obligatorias por la normativa vigente estatal en el marco de los programas nacionales de erradicación o por la normativa autonómica en aquellos programas establecidos en el ámbito de la Comunidad Autónoma, para la especie de animal de que se trate.