La Comisión Europea ha publicado el reglamento que detalla los alimentos que serán sometidos a muestreo en el período 2025 a 2027 para garantizar el respeto de los límites máximos de residuos de plaguicidas y evaluar el grado de exposición de los consumidores a estos residuos.
El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) publica este miércoles, 3 de abril, dicho reglamento con los anexos en los que se detallan los productos de origen vegetal y animal objeto de análisis.
Para 2025 se analizarán algunos productos como como manzanas, fresas, vino, lechugas, cebada, avena, leche de vaca o grasa de porcino; en 2026 serán analizados naranjas, peras, kiwis, zanahorias, centeno, arroz, grasas de aves de corral o hígado de bovino; mientras que en 2027 serán objeto de estudio uvas de mesa, pomelos, berenjenas, trigo, aceite de oliva virgen, grasa de bovino o huevos de gallina.
El documento detalla también el número de muestras a tomar y directrices de control de calidad analítica.
Los países deben presentar, a más tardar el 31 de agosto de cada año, la información relativa al año anterior.