El próximo 30 de abril finaliza el plazo de presentación de las solicitudes de ayudas directas de la PAC correspondientes al presente año 2019. Sin embargo, hay que recordar que la normativa vigente permite a las Comunidades Autónomas ampliarlo hasta el 15 de mayo, como máximo, previa comunicación al FEGA (Fondo Español de Garantía Agraria).
El Real Decreto 1378/2018, publicado en el Boletín Oficial del Estado del 9 de noviembre del año pasado, establece, en concreto, que «cuando sea estrictamente necesario para garantizar el cumplimiento de la normativa europea, las Comunidades Autónomas, siempre previa comunicación al FEGA y dentro del máximo permitido por los reglamentos de la Unión Europea, podrán ampliar el plazo de presentación de la solicitud única en su ámbito territorial de actuación, de manera debidamente motivada». Ese máximo permitido por la normativa comunitaria es el 15 de mayo.
Hay que recordar, asimismo, que el próximo 30 de abril finaliza también el período para solicitar derechos de pago básico de la reserva nacional.
Por último, como en años anteriores, los agricultores y ganaderos que hayan introducido algún cambio en sus explotaciones (cambio de cultivo en el último momento, compraventa de derechos, etc.) podrán presentar una modificación de su solicitud hasta el 31 de mayo. Las Comunidades Autónomas que decidan ampliar el plazo de solicitud de las ayudas tendrán también la posibilidad de ampliar el período para su modificación «cuando sea estrictamente necesario para garantizar el cumplimiento de la normativa europea» y previa comunicación al FEGA.
Resumen de datos del SIGPAC
Por otro lado, el FEGA ha publicado en su página web (www.fega.es) una tabla que muestra -a nivel nacional y desglosado por Comunidades Autónomas- el número de recintos de cada agrupación de usos SIGPAC y su superficie total, contenida en la caché de la campaña 2019. Los usos SIGPAC están agrupados por las siguientes categorías: tierras de cultivo, cultivos permanentes, pastos, forestal, superficie no agrícola y otros.