El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publicó el 26 de diciembre la Orden por la que se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, para el ejercicio 2023, ayudas dirigidas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de nuevos productos agrícolas. En el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 al amparo de la Orden de 30 de julio de 2020, de la Consejería de Agricultura, en el ámbito del sector oleícola y aceituna de mesa.
La finalidad de estas ayudas es apoyar a las inversiones materiales e inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de nuevos productos agrícolas tienen como finalidad contribuir al aumento de la competitividad del sector agroalimentario y el aumento del valor añadido de los productos agrícolas.
Podrán ser beneficiaras las personas físicas o jurídicas del sector del olivar, consideradas PYME o gran empresa, que ejerzan y asuman las actividades de transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas o subproductos agrarios.
La cuantía de la subvención consistirá en un determinado porcentaje del presupuesto
total de las actividades subvencionables. Se fija un porcentaje mínimo establecido para
esta línea, según tipo de empresas y su tamaño, y éste puede aumentarse en determinadas circunstancias recogidas en el cuadro-resumen correspondiente.
El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.