¿Cómo puede un aparcero acceder a derechos de pago básico de la reserva?

"Consultorio de la PAC" con Juan Pedro Medina, director general de Política Agraria Comunitaria de Castilla y León.

En nuestro consultorio de la PAC del 14 de abril atendimos a una consulta llegada desde Castilla y León. Juan Luis nos planteaba en qué circunstancias puede un aparcero pedir derechos de pago básico a la reserva nacional y qué condiciones tiene que cumplir además de ser joven o nuevo agricultor.

El encargado de dar respuesta a la pregunta fue, en esta ocasión, Juan Pedro Medina, director general de Política Agraria Comunitaria de la Consejería de Agricultura de Castilla y León. Recordó que la figura de la aparcería es similar a los contratos de arrendamiento, en los que un propietario y un cultivador fijan acuerdos de explotación en común asumiendo cada uno los riesgos que le correspondan.

En este contexto, podrá acceder a derechos de la reserva nacional quien asuma el riesgo empresarial de la explotación, que solicite las ayudas, que tenga superficie y que cumpla con alguna de las siguientes condiciones: estar legitimado para recibir derechos por una sentencia (una situación poco frecuente, según D. Juan Pedro Medina), ser joven o ser nuevo agricultor.

Se considera que un agricultor es joven si no tiene más de 40 años en el momento de presentar la solicitud. Además, se habrá incorporado a un programa de desarrollo rural o bien tendrá que acreditar la capacitación adecuada en el ámbito agrario. Otro requisito es que tendrá que haberse instalado como responsable de una explotación agraria en los cinco años previos a la presentación de la solicitud. Se considerará como fecha de la primera instalación la fecha de alta en el régimen de Seguridad Social en la actividad agraria.

En el caso del nuevo agricultor, puede tener más de 40 años, pero también tendrá que acreditar la formación y la capacitación adecuada en el ámbito agrario. En este caso, la solicitud de derechos de la reserva deberá presentarse a más tardar 2 años después del año en que se haya iniciado la actividad agraria.

Recuperación de los derechos de pago básico arrendados

También desde Castilla y León una agricultora de 72 años, Fé Corral, preguntaba cómo recuperar los derechos de pago básico cuando expire, hacia finales de este año, el contrato de arrendamiento que tiene firmado.

A la vista del citado contrato, Juan Pedro Medina señalaba que el documento deja claro que cuando expire, el arrendatario tiene que devolver las tierras y los derechos que en ese momento existan. Para poder recuperarlos, la propietaria tiene que ser agricultora activa o bien buscar otro arrendantario y hacer lo que se llama un acuerdo tripartito. Según Medina, el contrato que tiene firmado la agricultora es sólido y tiene fuerza para exigir al arrendatario que devuelva los derechos.

Escuche el consultorio de la PAC del 14 de abril de 2018

 

 

 

 

 

 

 

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