Aragón convoca ayudas para las asociaciones de razas autóctonas en peligro de extinción

Hembra de Raza Churra Tensina con su cordero en Panticosa (Valle de Tena-Huesca). Fuente: MAPA.

El Boletín Oficial de Aragón (BOA) publicó, el 6 de agosto, la Orden por la que se convocan las subvenciones para las organizaciones o asociaciones ganaderas de razas autóctonas españolas en peligro de extinción, para el año 2019.

Esta Orden tiene por objeto convocar subvenciones destinadas a las organizaciones y asociaciones ganaderas para el fomento de razas autóctonas españolas en peligro de extinción, reconocidas oficialmente por la Comunidad Autónoma de Aragón.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las entidades que cumplan los requisitos siguientes:

  • Estar oficialmente reconocidas para la gestión del libro genealógico de la raza, por la Comunidad Autónoma de Aragón;
  • En el caso de que existan varias asociaciones reconocidas para una misma raza, ya sea en la misma comunidad autónoma o en distintas comunidades autónomas, deberán estar integradas en una única asociación de segundo grado, debiendo ser dicha asociación de segundo grado la solicitante de las ayudas.
  • Cumplir con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/1012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a las condiciones zootécnicas y genealógicas para la cría, el comercio y la entrada en la Unión de animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo.
  • Tener la condición de PYME, requisito que también deberá ser cumplido por las explotaciones ganaderas en que se lleven a cabo las actividades subvencionables.

La cuantía total para esta convocatoria es de 158.443,99 euros, y las subvenciones se financiarán con cargo a la partida presupuestaria del presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de Aragón, provenientes en su totalidad de los fondos transferidos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación destinados al fomento de las razas autóctonas existentes en la región.

La presentación de la solicitud y la documentación relacionada con la misma, se efectuará de forma electrónica a través de los registros electrónicos de la Administración. En caso de que exista imposibilidad material de tramitar electrónicamente las solicitudes o cualquier otro trámite asociado a este procedimiento, se podrán realizar en los Servicios Provinciales del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, en las Oficinas Comarcales Agroambientales del Departamento, en los restantes registros electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Entidades que integran la Administración Local y el sector público institucional.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día de la publicación del extracto de esta Orden en el «Boletín Oficial de Aragón», y finalizará 5 días después de su publicación en el mismo.

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