Extremadura convoca ayudas para el asesoramiento técnico en materia de protección de los vegetales

sanidad vegetal

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publicó, el pasado 24 de octubre, la Orden por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones para la prestación de asesoramiento técnico al sector agrícola en materia de protección de los vegetales.

El objetivo es financiar, a través de agrupaciones de productores y productoras, el asesoramiento técnico en el ámbito fitosanitario a titulares de pequeñas y medianas explotaciones agrícolas ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de forma directa y a través del mantenimiento de redes de alerta y vigilancia fitosanitaria en dicha Comunidad, así como la realización de trabajos innovadores en el ámbito de la sanidad vegetal que incidan en la mejora medioambiental de las explotaciones.

Podrán solicitar las ayudas las agrupaciones de productores agrícolas reconocidas oficialmente en virtud del decreto 69/2016, de 31 de mayo, por el que se regulan las Agrupaciones Técnicas de Sanidad Vegetal (ATESVE) en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Estas agrupaciones deben estar formadas por un número mínimo de productores agrícolas y disponer de una superficie mínima de cultivo. Las agrupaciones subvencionadas deben contar en régimen de contratación laboral con un titulado universitario asesor en gestión integrada de plagas.

La Orden indica que las agricultoras y agricultores que no estén afiliados a ninguna agrupación también podrán solicitar asesoramiento técnico, asumiendo en este caso exclusivamente el coste de la prestación de dicho servicio de asesoramiento.

Serán gastos subvencionables exclusivamente los destinados al pago del salario del personal técnico contratado excluyéndose los gastos consistentes en dietas, locomoción, pagas de beneficio y cotizaciones empresariales a la Seguridad Social. El importe de la ayuda por cada agrupación de productores y productoras agrícolas será del 100 % del coste de dichos gastos subvencionables.

En todo caso, la cuantía individualizada de la ayuda de asesoramiento por cada explotación agrícola, como beneficiaria final de los servicios subvencionados, no podrá superar los 25.000 euros por un período de tres años.

Todos los derechos reservados. Queda prohibido reproducir, distribuir, comunicar públicamente o transformar, todo o parte del contenido de este sitio web, incluido, pero no limitado a, los textos, las fotos y los videos, sin el permiso previo y por escrito de Informativos Agrarios S.L.