Asturias: subvenciones a la contratación de seguros agrarios combinados

Paisaje de Llanes, en Asturias. Rodrigo Nuñez.

El Boletín Oficial de Asturias (BOPA) publicó el 9 de agosto la Resolución por la que se modifica la Resolución de 26 de abril de 2016, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a la contratación de seguros agrarios combinados.

Con el objetivo de mejorar la gestión y para la consecución de los objetivos de las subvenciones se introducen las siguientes modificaciones a las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la contratación de seguros agrarios combinados aprobadas por Resolución de 26 de abril de 2016 de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, en los siguientes términos:

1. En las bases en las que se indique Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente se actualiza por Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación.

2. La base reguladora cuarta queda redactada del siguiente modo: Estas subvenciones se regirán, además de por lo dispuesto en estas bases reguladoras, por la siguiente normativa:

  • a) Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados.
  • b) Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para aplicación de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, sobre Seguros Agrarios Combinados.
  • c) Ley 28/2015, de 30 de julio, para la defensa de la calidad alimentaria.
  • d) Ley del Principado de Asturias 2/2019, de 1 de marzo, de calidad alimentaria, calidad diferenciada y venta directa de productos alimentarios.
  • e) Ley 3/2010, de 10 de marzo, por la que se aprueban medidas urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridos en varias Comunidades Autónomas.
  • f) Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
  • g) Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
  • h) Ley 21/1990, de 19 de diciembre, para adaptar el Derecho español a la Directiva 88/357/CEE, sobre libertad de servicios en seguros distintos al de vida, y de actualización de la legislación de seguros privados.
  • i) Orden PRE/632/2003, de 14 de marzo, por la que se aprueba la Norma general de peritación de los daños ocasionados sobre las producciones agrícolas, amparados por el seguro agrario combinado.
  • j) Real Decreto 875/1988 de 29 de julio, por el que se regula la compensación de gastos derivados de la extinción de incendios forestales.
  • k) Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • l) Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de Seguros Agrarios Combinados, S.A. (AGROSEGURO), para el fomento de los seguros agrarios en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

También recogen que la suscripción del seguro se realizará únicamente a través de las entidades aseguradoras autorizadas por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas e incluidas en la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, S.A. (AGROSEGURO) o a través de los agentes de seguros autorizados; todo ello en la forma legalmente establecida a tenor de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados y demás normativa de aplicación.

Esta Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

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