Los autónomos agrarios mantienen los tipos de cotización; se les sube un 1,25% las bases en 2019

Por Juan José Álvarez, experto en temas fiscales de ASAJA

Juan José Álvarez, experto en temas fiscales y laborales de ASAJA durante una emisión de AGROPOPULAR

Ante las noticias aparecidas estos días en algunos medios sobre la exención de las subidas de cuotas para los Trabajadores Agrarios por Cuenta Propia, nos seguimos ratificando en lo que ya explicamos a comienzos del año en AGROPOPULAR.

Si bien es cierto que hay una subida de las cuotas en 5,36 euros al mes -cerca de 64 euros al año- que los trabajadores  autónomos pagan a la Seguridad Social desde el 1 de enero de este año a cambio de una mayor protección social, esta situación, no es igual para los trabajadores por cuenta propia del sector agrario o también llamados autónomos agrarios.

Los tipos de cotización siguen siendo los mismos que había en el año 2018 dependiendo siempre de las contingencias que el cotizante agrario elija. Lo único que varía es la base de cotización que sube en un 1,25% al igual que todos los cotizantes de la Seguridad Social.

Para el que no sepa lo que es la base de cotización, es el importe ligado a la remuneración mensual bruta de los trabajadores, que es de libre elección en el caso de los trabajadores autónomos y que además mayoritariamente cotizan por la mínima. La base mínima subirá pues de 932,70 € actuales aplicando el 1,25% a 944,40 €.

Cuando el trabajador haya optado por elegir como base de cotización una base comprendida entre 944,40 euros mensuales y 1.133,40 euros mensuales, el tipo de cotización aplicable para las contingencias comunes será del 18,75%. Si el trabajador cotizara por una base de cotización superior a 1.133,40 euros mensuales, a la cuantía que exceda de esta última le será de aplicación el tipo de cotización del 26,50%.

La cuota a pagar sale del resultado de aplicar el tipo o porcentaje correspondiente sobre la base de cotización. Así, las cuotas a pagar para los autónomos agrarios en 2019 en función del tipo de cotización por contingencias para una base mínima de 944,40 € y dependiendo de las contingencias elegidas  serán de 186,51 €/mes, 218, 62 €/mes, 229,77 €/mes y 250,54 €/mes. Se mantendrá la tarifa plana de 60 €/(mes para aquellos nuevos autónomos durante el primer año.

Por lo tanto las subidas para los cotizantes agrarios serán en el primer grupo de 1,37 € al mes. Para el segundo grupo de 2,7 € al mes. Para los del tercer grupo 2,84 € al mes y para los del cuarto grupo de 3,09€ al mes. Por lo tanto, siguen teniendo menos subida que los del Régimen General de Autónomos que tendrán como mínimo una subida de 5,36 € dependiendo de la base que elijan.

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