¿Qué sanción conlleva cometer un error en la solicitud de la ayuda a la agricultura ecológica?

`Consultorio de la PAC´ con Francisco Martínez Arroyo, consejero de Agricultura de la Junta de Castilla-La Mancha

Francisco Martínez Arroyo, consejero de Agricultura de Castilla-La Mancha

El 1 de febrero se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la convocatoria de las ayudas directas de la PAC y del todas las ayudas por superficie, según señaló en AGROPOPULAR el consejero de Agricultura de esta Comunidad, Francisco Martínez Arroyo, que además recordó que los agricultores y ganaderos tienen hasta el 30 de abril para solicitarlas.

El consejero fue el encargado del `Consultorio de la PAC´ del 2 de febrero, en el que respondió a varias dudas de Florencio Cid Martín de Torrelaguna (Madrid). Por un lado: “¿Las condiciones de gestión, denegación, retirada de pagos directos, ayudas al desarrollo rural y condicionalidad aplicables en España, en general, o las comunidades autónomas son las que aparecen en el Reglamento delegado (UE) 640/2014 de la Comisión?”

Martínez Arroyo confirmó que se tiene en cuenta este reglamento, pero también otros: 1307/2013, el reglamento delegado 639/2014 y el reglamento 1306/2013; y, en concreto, en España, el Real Decreto 1075/2014.

Por otro lado, el oyente preguntó lo siguiente: “Según la legislación aplicable ¿qué penalización o sanción llevaría en la agricultura ecológica (PDR), el haber cometido un error al rellenar la solicitud única (no se asociaron los recintos a las ayudas a la agricultura ecológica, aunque sí se declaró agricultura ecológica en los recintos y se solicitó la línea de ayuda a la agricultura ecológica?”

El consejero señaló que en el caso de Castilla-Mancha –y en la mayoría de comunidades- existen validaciones en el programa de captura de los datos que introducen los agricultores para que si se solicita una ayuda de superficie –como es la agricultura ecológica- exista al menos un recinto solicitando dicha ayuda.

En caso de que se trate de un expediente que, aunque haya solicitado la ayuda, no incluya recintos pidiendo dicha ayuda, “se podría entender que es un error manifiesto de la solicitud, pero requeriría un análisis por parte de los servicios técnicos de la consejería, en este caso de la Comunidad de Madrid”.

No obstante, según Martínez Arroyo, “si no se admitiera ese error manifiesto se aplicaría una penalización; esa penalización debe estar incluida en las bases regulatorias de la ayuda o en la resolución donde se establece la aplicación de las resoluciones y exclusiones en casos de incumplimiento por admisibilidad, así como de otros compromisos de la ayuda a la agricultura ecológica en el marco del programa de desarrollo rural de la comunidad autónoma correspondiente”.

Finalmente, aconsejó al oyente que se dirija a una oficina de la consejería de la Comunidad de Madrid.

Escucha aquí el `Consultorio de la PAC´ (AGROPOPULAR 2 de febrero de 2019)

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