Aparte de las ayudas directas ¿qué más se puede solicitar desde el 1 de febrero?

Tal y como venimos contando desde la Web de AGROPOPULAR, desde el 1 de febrero se inicia la campaña de solicitud de ayudas de la PAC 2019, que permitirá a más de 716.000 productores presentar -hasta el 30 de abril- la solicitud única de las ayudas directas de la Política Agraria Común. El importte total de las mismas asciende a 4.954 millones de euros, que se podrán abonar en forma de anticipos a partir del 16 de octubre y el saldo a partir del 1 de diciembre.

Solicitudes de programas de desarrollo rural, reserva nacional y cesiones de derechos

El primer día de febrero también comienza el plazo de presentación de las solicitudes de pago de las medidas de desarrollo rural incluidas en el ámbito del sistema integrado de gestión y control (básicamente ayudas por superficie y ayudas ganaderas), la solicitud de cesión de derechos de pago básico y la solicitud de derechos para la reserva nacional de pago básico.

La solicitud de derechos de la reserva nacional está orientada fundamentalmente hacia los jóvenes agricultores y hacia aquellos productores que se incorporan a la actividad agraria y que cuentan con una formación y capacitación adecuada en el ámbito agrario.

SIGPAC

Por otro lado, para facilitar la cumplimentación de la solicitud única y teniendo en cuenta que todos los solicitantes de ayudas deben presentar la denominada “declaración gráfica”, de acuerdo con el Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC), de todas las parcelas agrícolas de la explotación, el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación pone la información necesaria a disposición de los solicitantes mediante el acceso al SIGPAC a través de su página Web (www.mapa.es), de la Web del FEGA (www.fega.es) o de las comunidades autónomas.

En el caso de que el SIGPAC no refleje la situación real de las parcelas y si se observa que los recintos no están correctamente delimitados, o si se ha cambiado el uso de algún recinto, el productor lo notificará a la Administración a través de la oportuna alegación.

Un recinto cuya delimitación, u otra información registrada en el SIGPAC no sea veraz y coincidente con la realidad, puede dar lugar a una reducción de las ayudas solicitadas, especialmente si incluye elementos que no son subvencionables.

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