El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) tiene intención de introducir algunos cambios en la normativa que regula la concesión de los pagos directos de la PAC de cara al período de solicitud 2020. Algunos de ellos afectarán a la figura de agricultor activo, reduciendo los criterios establecidos para acreditar que se ejerce una actividad agraria no marginal.
El Ministerio trabaja en un proyecto de Real Decreto que modificará las disposiciones que recogen la aplicación en España del régimen de ayudas de la PAC.
«Se pretende reducir la carga y la complejidad administrativa que supone la aplicación del criterio de agricultor activo»
En una consulta previa a las partes interesadas sobre el contenido de ese proyecto señala que, para la campaña 2020, “se pretende reducir la carga y la complejidad administrativa que supone la aplicación del criterio de agricultor activo, a la vez que se le dota de mayor eficacia y claridad asegurando que el agricultor realmente está ejerciendo la actividad agraria”.
Así, se reducirán a uno los criterios que actualmente sirven para acreditar que una persona o grupo de personas son agricultores activos “demostrando que su actividad agrícola no es marginal”.
Por otro lado, en las condiciones de acceso a la reserva nacional de derechos de pago básico se unificará la fecha para exigir la titularidad de una explotación activa en el REGA (Registro de Explotaciones Ganaderas), que será el establecido para modificar las solicitudes de ayuda (31 de mayo).
Además, se modificará la redacción de los requisitos y condiciones que deben cumplir las superficies de barbecho que quieran declararse como superficies de interés ecológico, con el fin de que sean más comprensibles.
Asimismo, se simplificará la declaración de los cultivos hortícolas y frutales y se dará uniformidad a los requisitos establecidos para los cultivos proteicos.
El período de consulta pública previa finaliza el 25 de junio. Después el Ministerio presentará el proyecto de Real Decreto en sí.