El Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC) publicó el pasado 25 de julio la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las explotaciones agrarias de fruta dulce y almendro afectadas por las heladas de abril de 2022.
El objeto de las ayudas que establece la Orden es la compensación de las pérdidas no cubiertas por los seguros agrarios de las explotaciones agrarias de fruta dulce y almendro afectadas en las comarcas del Segrià, La Noguera, El Pla d’Urgell, Les Garrigues, L’Urgell, La Ribera d’Ebre, LaTerra Alta, El Pallars Jussà, L’Alt Camp, El Baix Camp, El Priorat, La Conca de Barberà, L’Anoia y La Segarra, para garantizar su viabilidad económica.
Podrán ser beneficiarias las personas agricultoras profesionales, las explotaciones agrarias prioritarias (EAP) y jóvenes agricultores personas físicas que sean agricultores profesionales o que hayan sido beneficiarios de una ayuda en la primera instalación de las convocatorias 2019, 2020 y 2021. También serán beneficiarios los jóvenes agricultores instalados en una explotación constituida como persona jurídica y que esta tiene la consideración de EAP y en la que el joven agricultor tiene un número de acciones o participaciones que suponen un capital social igual o superior al del socio de mayor participación.
En todos los casos será necesario que las personas beneficiarias de las ayudas tengan las explotaciones agrarias de las que son titulares afectadas por las heladas de abril de 2022 en las comarcas del Segrià, La Noguera, El Pla d’Urgell, Les Garrigues, L’Urgell, La Ribera d’Ebre, La Terra Alta, El Pallars Jussà, L’Alt Camp, El Baix Camp, El Priorat, La Conca de Barberà, L’Anoia y La Segarra.
Además, la persona solicitante de la ayuda por las heladas debe coincidir con la persona titular de la DUN 2022; el nivel de afectación en el conjunto de la explotación, entendiendo como explotaciones diferentes la de frutales, cereza, nísperos y otros frutales, y frutos secos, debe ser superior al 30%; la superficie admisible máxima es la que conste en el acta de peritaje que fija el nivel de afectación en el conjunto de la explotación, siempre que esta sea inferior o igual a la declarada en la DUN 2022, antes del 13 de mayo. La superficie mínima comprobada afectada debe ser igual o superior a 1 hectárea.
El importe máximo de la ayuda será de 100.000 euros por solicitante. La determinación de la cuantía se realizará en función del número de solicitudes y de la disponibilidad presupuestaria.
Las solicitudes para acogerse a estas ayudas se presentarán por medios telemáticos desde la página web y mediante los formularios normalizados establecidos por el Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural (DACC) para este trámite.