El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) publicó el 12 de junio la Resolución por la que se convocan, para el ejercicio 2023, las ayudas de minimis destinadas a la replantación de parcelas frutícolas cuyo cultivo sea o haya sido destruido, como consecuencia de la adopción de medidas para evitar la propagación de la bacteria de cuarentena Xylella fastidiosa en esta región.
El objeto de esta resolución es la convocatoria de las ayudas de minimis destinadas a subvencionar la replantación de parcelas frutícolas cuyo cultivo sea o haya sido destruido, como consecuencia de la adopción de medidas para evitar la propagación de esta bacteria.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana.
Las solicitudes de ayuda, así como la documentación y las declaraciones responsables se presentarán preferentemente en los registros de los órganos administrativos a los que se dirijan, pudiéndose presentar también en cualquiera de los registros previstos en la legislación reguladora del procedimiento administrativo común, mediante el correspondiente modelo normalizado disponible a través de la sede electrónica de la Generalitat.
El porcentaje de ayuda será del 100% de la inversión subvencionable incluida en la solicitud de ayuda. El importe máximo de las ayudas de minimis a percibir por un mismo beneficiario no podrá exceder de 20.000 euros brutos durante el ejercicio fiscal en curso y los dos ejercicios fiscales anteriores, sin que exceda el tope nacional establecido por Estado miembro a empresas activas en la producción primaria de productos agrícolas.