El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) anuló el jueves 14 de diciembre la resolución de la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE (Euipo) que aceptó como marca registrada Queso y Torta de la Serena de Badajoz, a pesar de la oposición de Torta del Casar de Cáceres.
Según la sentencia de los magistrados del TGUE, la Euipo «omitió ilegalmente examinar (…) si el término torta era una denominación tradicional no geográfica».
El asunto data de diciembre de 2011, cuando el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Queso la Serena, de Badajoz, presentó un solicitud para registrar como signo distintivo `Queso y Torta de La Serena´, de Badajoz. Unos meses después el Consejo Regulador de la DOP Torta del Casar, establecido en Cáceres, se opuso a este registro basándose en dos marcas anteriores y una denominación de origen.
La Euipo desestimó la oposición y el recurso posterior porque consideraba que la DOP Torta del Casar se compone del término torta, que describe la forma del producto, y la indicación geográfica (del Casar), que identifica «la localidad o área donde se producen esos quesos», es decir, «Casar de Cáceres».
La Oficina de Propiedad Intelectual de la UE descartó que el término «torta» pudiera «constituir una denominación tradicional y protegida», pues el Consejo regulador de la «Torta del Casar» no había basado su argumentación en la existencia de una «denominación tradicional» en ese momento. Por ello, el organismo de la UE agregó que el término «torta» simplemente designa la forma redondeada y aplastada de un queso y que «este hecho no está vinculado con la producción del citado alimento en una zona determinada».
No obstante, el Tribunal General de la Unión Europea considera que esa interpretación fue ilegal pues la Euipo debía de haber considerado el carácter de «denominación tradicional no geográfica» del término «torta».
Por ello, el tribunal recordó que una DOP puede también estar compuesta por una denominación tradicional no geográfica que designe un producto alimenticio originario de una región o de un lugar determinado que presente factores naturales homogéneos que la delimitan respecto de las zonas limítrofes.
Contra esta sentencia del Tribunal General de la UE puede interponerse recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de la UE en el plazo de dos meses. El Consejo Regulador de la DOP Queso de la Serena ha anunciado que en enero decidirá si va a recurrir el fallo.