Nuevo listado de beneficiarios de las ayudas a frutales y frutos de cáscara para paliar el impacto de la sequía

beneficiarios frutales
"El mar verde de Aitona que nos regalan los campos de frutales". Imagen de archivo de Federico Arquillos desde Lérida.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado un nuevo listado provisional de beneficiarios de las ayudas a explotaciones agrícolas productoras de frutales y frutos de cáscara para compensar las dificultades debidas a la sequía y a las consecuencias de la guerra en Ucrania. Se trata de 1.796 titulares de explotaciones que recibirán un importe máximo estimado de 2,3 millones de euros.

Este listado completa el de las resoluciones provisionales publicadas en los meses de noviembre y diciembre de 2023, una vez que las comunidades autónomas han terminado sus controles de la Política Agraria Común (PAC) correspondiente a la campaña 2023 y que, por tanto, no pudieron aparecer en esos listados al no cumplir en aquel momento con los requisitos de la ayuda establecidos.

La relación provisional de titulares de explotaciones agrícolas que pueden optar a las ayudas, junto con el número de hectáreas elegibles de frutales y de frutos de cáscara y la cuantía de la ayuda a percibir, se puede consultar en el tablón de anuncios de la sede electrónica del FEGA.

La distribución por comunidades es la siguiente:

Comunidad Autónoma

Nº titulares estimados

Importe máximo estimado (€)

Andalucía

286

273.262

Aragón

39

19.895

Islas Baleares

1

433

Castilla-La Mancha

442

469.661

Castilla y León

13

12.678

Cataluña

6

13.818

Extremadura

354

394848

Murcia

50

58.862

Navarra

15

40.713

La Rioja

14

17.684

C. Valenciana

576

1.030.864

TOTAL

1.796

2.332.718

Nota: las ayudas se asignan a la CA en la que se gestiona la solicitud única de la PAC 2023.

Los interesados disponen de un plazo de 10 días hábiles (desde el 19 de julio al 2 de agosto, inclusive) para realizar alegaciones de rechazo de la ayuda, oposición a la consulta de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social (que tendrá el mismo efecto que el rechazo de la ayuda), o los errores, omisiones u otras circunstancias que estimen convenientes.

Las alegaciones deberán presentarse exclusivamente a través de formulario en la Sede electrónica del FEGA.

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