El Consejo de Ministros aprobó el 25 de noviembre un Real Decreto que actualiza e integra en un solo texto las disposiciones normativas vigentes en materia de sanidad y bienestar animal durante el transporte. El objetivo es cumplir con los principios de unidad de mercado y de simplificación y eliminación de cargas administrativas innecesarias.
Por ello, se elimina la obligatoriedad de la aprobación del registro de actividad y se establece explícitamente la validez, en todo el territorio nacional, de las autorizaciones y demás medios de intervención de las distintas autoridades competentes.
Por otro lado, se designan los puntos de entrada por los que podrá autorizarse el acceso de los vehículos de transporte por carretera de animales y piensos procedentes de países terceros (tanto cargados como vacíos).
Con la presencia de instalaciones de limpieza y desinfección en los puertos se podrá reducir el riesgo de transmisión de enfermedades, como la fiebre aftosa, a través de vehículos de transporte.