Dado el impacto de la sequía que ha afectado a la zona de protección de la Denominación de Origen Cava en las dos últimas campañas -que ha supuesto una reducción de la uva recolectada de casi el 50%, con la consiguiente disminución de producto almacenado- en 2024 se permitirá, de manera excepcional, el uso de uvas procedentes de parcelas no inscritas en el registro del Consejo Regulador pero ubicadas dentro del ámbito geográfico de esta denominación.
Para el uso de estas uvas habrá un límite del 15% de la producción de cada bodega y las uvas no irán destinadas a la producción de cava
Para el uso de estas uvas habrá un límite del 15% de la producción de cada bodega y las uvas no irán destinadas a la producción de cava, sino a la “provisión de garantía cualitativa”, es decir, para asegurar una provisión de reserva o almacenamiento de vino base potencialmente apto para elaborar cava, en caso de que se autorizase por circunstancias excepcionales.
Esta medida temporal está recogida en una resolución publicada en el BOE de 4 de julio de 2024.