El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TJCYL) ha paralizado la caza del lobo al norte del río Duero, donde la especie es considerada cinegética. De este modo aplica la medida cautelar que había solicitado la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (Ascel): «suspendiendo la resolución de 29 de julio de 2016 dictada por la Dirección General del Medio Natural, por la que se aprueba el Plan de aprovechamientos comarcales de lobo en los terrenos cinegéticos situados al norte del Río Duero en Castilla y León para las temporadas 2016/2017, 2017/2018 y 2018/2019».
El auto «acuerda adoptar la medida cautelar solicitada y paraliza el aprovechamiento cinegético del lobo en las temporadas 2016/2017, 2017/2018 y 2018/2019», por lo que «la suspensión solo podrá aplicarse a la temporada 2018/2019», según ha reconocido.
El lobo no puede ser considerada una especie cinegética, porque para ello se debe demostrar que su población y distribución geográfica está garantizada
En cualquier caso, a su modo de ver, se trata de «un precedente en la gestión cinegética de la especie, ya que por primera vez se podrá aplicar una medida como esta que tenga un efecto real en la población del lobo, evitando la caza de ejemplares«.
La organización ha señalado que el Tribunal ha basado «la anulación de toda normativa en un mismo presupuesto: el lobo no puede ser considerada una especie cinegética, porque para ello se debe demostrar que su población y distribución geográfica está garantizada, algo que no ha podido ser constatado por la Junta de Castilla y León».
Además, Ascel ha subrayado que «el Tribunal considera que la ejecución de la resolución recurrida puede ocasionar perjuicios de imposible o difícil reparación, ya que se estaría permitiendo la caza del lobo sin tener asegurado que el mismo pueda cazarse, en caso de sentencia estimatoria» de su demanda.