Superficie agrícola en dos CCAA ¿Dónde solicito la PAC?

Consultorio de la PAC con Fernando Miranda

El director general de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio, Fernando Miranda, respondió a nuevas consultas de los oyentes de Agropopular en última emisión del programa -4 de febrero-.

Un agricultor que vive en Castilla-La Mancha explica que tiene una explotación de olivar cuya superficie se extiende por dos Comunidades Autónomas (CCAA): el 40% en la provincia de Albacete y el resto en la de Jaén. Siempre había cobrado las ayudas sin problemas pero ha recibido una notificación en el que le advierten de una incidencia por tener una explotación en dos Comunidades.

Según Miranda, hay una regla general por la que cuando se tiene una superficie agrícola en dos Comunidades la solicitud de las subvenciones se debe presentar en la ocupe mayor extensión. Al tener la mayoría de la superficie en Andalucía debía haber presentado la solicitud de las ayudas en esa región.

Por lo tanto, el director de Producciones aconseja al oyente a que se acerque a la OCA o la organización agraria donde haya solicitado la ayudas y se entere de la incidencia.

La incidencia posiblemente se deba a que ha presentado la solicitud en la Comunidad que no debía, es decir, en Castilla-La Mancha.

Así que Castilla-La Mancha le transferirá  la solicitud de ayuda a Andalucía, que es la que debe gestionarla y abonarla. Esto le puede suponer un retraso, pero cobrará las ayudas finalmente.

Sobre compra de derechos de pago básico

Un jubilado con una explotación de olivar de secano arrendada a uno de sus hijos acaba de comprar 1,3 hectáreas de olivar de secano.

Quiere saber si puede arrendar la finca comprada a su hijo para que los derechos de la subvención de la misma pasen directamente del vendedor a él (su hijo) o tendría que volver a darse de alta (el jubilado) nuevamente en Hacienda como agricultor -un año como mínimo- para que los derechos pasen a él y mediante arrendamiento de la finca pasen a su hijo.

Miranda considera que debería hacer algo más sencillo: si su hijo es agricultor, tiene olivar de secano y quiere arrendar las tierras que ha comprado, que le arriende las tierras y, si aún está a tiempo, que  su hijo adquiera los derechos de pago básico del propietario directamente. No obstante, su opción también es posible, aunque más complicada.

Hay que ver si la cesión de derechos tiene peaje o no. En cualquier caso, considera que es mejor hacer la operación más sencilla y si la tierra la puede comprar directamente el hijo, mejor.

Escuche el consultorio de la PAC completo:

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