El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica el pasado 21 de enero la Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la realización de certámenes de ganado bovino selecto y se convocan para el año 2025.
El objetivo de estas ayudas es fomentar la celebración de certámenes de ganado selecto a realizar en diferentes puntos de la geografía gallega, donde las ganaderías participantes puedan exponer con distintos fines los animales selectos. Por lo tanto, es necesario potenciar esta actividad, ya que supone un incentivo para la recría de animales selectos en Galicia, facilitando su conocimiento para el resto de las ganaderías, además de posibilitar su comercialización y representar un estímulo para la mejora ganadera, según indica la Consejería de Medio Rural de la Xunta de Galicia.
Podrán acogerse a estas subvenciones los ayuntamientos gallegos, las asociaciones de personas ganaderas, las organizaciones empresariales y otras entidades sin ánimo de lucro que organicen este tipo de eventos y que cumplan una serie de requisitos que se concretan en la convocatoria. Entre ellos figuran los de disponer de instalaciones idóneas adaptadas al tipo de certamen, que garanticen unas condiciones sanitarias y de bienestar animal óptimas y contar con medios técnicos y personal para la celebración de este tipo de eventos.
Además, deberán disponer de la colaboración de la correspondiente asociación de ganaderos oficialmente reconocida por la Comunidad Autónoma de Galicia para la gestión del Libro Genealógico o la realización del control de rendimientos, por lo menos en lo relativo a la acreditación de que los animales participantes en los eventos estén inscritos en los libros genealógicos correspondientes.
Plazo de presentación
El plazo para la presentación de solicitudes se establece en función de la fecha de celebración de los certámenes. Así, para los celebrados desde el 1 de noviembre de 2024 hasta el 21 de enero, será de un mes a partir del día siguiente (22 de enero9. Para los certámenes que se celebren después de la publicación de esta orden el plazo será de un mes a contar desde el día siguiente de la celebración del evento y con la fecha límite de 31 de octubre de 2025.