El Consejo de ministros ha aprobado este martes -9 de marzo- un real decreto que actualiza la base legal por la que se rige el sistema de clasificación de las canales de vacuno en España, con el fin de dotar a este sistema de mayor claridad, flexibilidad, coherencia y transparencia.
El sistema de clasificación de canales en España se guía por los principios del modelo comunitario de clasificación, identificación y presentación de las canales, que permite un registro homogéneo de sus precios entre los Estados Miembros, de modo que se pueda ejercer un correcto seguimiento del equilibrio de mercado y aplicar, en caso necesario, las medidas de intervención sobre el sector que contemple la normativa.
En el caso de las canales de vacuno pesado, el modelo europeo de clasificación utilizado en el mercado único, denominado `modelo SEUROP´, es la herramienta básica para la normalización y transparencia de las transacciones relacionadas con la carne de vacuno, garantizando que los pagos se hagan acordes a la calidad y características de las canales.
Los principios de aplicación del sistema comunitario de clasificación de canales en España se encuentran recogidos en el Real Decreto 815/2018, que se actualiza ahora para implementar ajustes técnicos que aporten claridad y seguridad jurídica.
El nuevo RD recoge especificaciones sobre las comunicaciones que los operadores económicos deben realizar periódicamente a las autoridades competentes
Además de aplicar ajustes sobre las presentaciones autorizadas o sobre el marcado y etiquetado de las canales, el nuevo real decreto recoge especificaciones sobre las comunicaciones que los operadores económicos deben realizar periódicamente a las autoridades competentes y sobre los requisitos de formación exigidos para obtener la autorización como clasificador de canales de vacuno del personal que se ocupa de esta tarea.
Según el Gobierno, este aspecto es una medida necesaria como consecuencia de la pandemia de Covid-19, ya que se permitirá, mediante una disposición transitoria, la utilización de la modalidad telemática entre las posibilidades de formación exigidas para conseguir una autorización provisional de un año, cuya vigencia podrá prorrogarse mediante Orden del ministro, en función de la evolución de la pandemia.