El Parlamento Europeo dio su visto bueno hace unos días a tres acuerdos alcanzados a finales de 2022 con el Consejo de la UE en el marco del paquete clima. Son los relativos al uso de las tierras, cambio de uso de las tierras y silvicultura (LULUCF), al reparto del esfuerzo climático entre los Estados miembros de la UE en los sectores no cubiertos por el sistema de comercio de derechos de emisión (entre ellos la agricultura) y a la revisión de la reserva de estabilidad del mercado del carbono (para evitar posibles desequilibrios entre la oferta y la demanda).
El nuevo reglamento LULUCF establece que las absorciones anuales netas de carbono de este sector se eleven a 310 millones de toneladas de equivalente en CO2 de aquí a 2030 (es decir, un 15% más que hoy). El reglamento obliga a definir objetivos nacionales vinculantes para 2030 en materia de absorciones y emisiones del sector LULUCF para todos los Estados miembros. Estos objetivos se han calculado a partir de los niveles recientes de absorciones y de los posibles márgenes de absorción adicional; España tendrá que lograr una absorción neta de 43,6 millones de toneladas de equivalente en CO2.
España tendrá que lograr una absorción neta de 43,6 millones de toneladas de equivalente en CO2
A partir de 2030, las emisiones de gases de efecto invernadero distintas al CO2 de la agricultura (metano, protóxido de nitrógeno) podrían integrarse en el reglamento LULUCF, con lo que el conjunto pasaría a llamarse AFOLU (agricultura, silvicultura y otros usos del suelo); para este nuevo sector se establecerá la obligación de neutralidad climática desde ese año. Esta decisión se adoptará en una segunda fase sobre la base de un informe que la Comisión Europea debe presentar en el presente año 2023.
En cuanto a los objetivos de reducción de emisiones de los sectores no incluidos en el sistema de comercio de derechos de emisión, pasan del -29% al -40% de aquí a 2030 (con respecto a 2005). Los nuevos objetivos varían dependiendo de los países, en función de su PIB y de la relación coste-eficacia, y van desde el -10% de Bulgaria al -50% de Dinamarca, Alemania, Finlandia o Suecia. En el caso de España el objetivo es una reducción del 37,7% y en el de Francia del 47,5%
Estos dos reglamentos están ligados, ya que los Estados miembros podrán utilizar una cantidad limitada de los créditos generados por la eliminación de gases de efecto invernadero del sector LULUCF para respetar sus objetivos en materia de reducción de emisiones.