La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha requerido a la Junta de Castilla y León que modifique la regulación de las denominaciones de origen de calidad alimentaria porque entiende que «favorece injustificadamente» a los consejos reguladores de estos sellos de calidad.
La Comisión ha pedido al Gobierno autonómico que «retire voluntariamente las restricciones a la competencia detectadas», de lo contrario llevará este contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Competencia se refiere al artículo 49 del Reglamento de las Denominaciones Geográficas de Calidad Alimentaria de Castilla y León, aprobado por el Decreto 50/2018, de 20 de diciembre (LA/01/2019).
El organismo ha recordado en su escrito que se ha pronunciado en varias ocasiones acerca de las restricciones a la competencia que pueden aparecer en las denominaciones de origen protegidas (DOP) y las indicaciones geográficas protegidas (IGP).
A su juicio, la falta de competencia en el control de la calidad de los productos acogidos a DOP o IGP puede conducir a un encarecimiento de los productos agrarios y alimenticios y a que los controles sean de peor calidad, perjudicando a consumidores y usuarios.
El artículo 49 del Reglamento en cuestión reserva en exclusiva al Consejo Regulador de cada DOP o IGP el control de que los productos cumplen con las características y los requisitos de calidad exigidos. Según la Comisión, solo cuando no exista consejo regulador (o cuando, existiendo, no esté acreditado o solicite no llevar a cabo el control) se permite a los organismos de certificación independientes prestar estos servicios.
Según el criterio del Consejo, este modelo, al reservar las tareas de control a los consejos reguladores, «impone restricciones a la competencia no justificadas, que perjudican a los consumidores».
La Junta dispone de un plazo de un mes para derogar la medida restrictiva, tras lo que la CNMC ha anunciado que impugnará la norma.