La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) no está de acuerdo con la propuesta del Ministerio de Energía de reducir la vida útil de las instalaciones de tratamiento de purines porcinos para que puedan recibir la retribución por la generación de energía.
Con el fin de adaptarse a las sentencias del Tribunal Supremo, de junio de 2016, que declararon nulos algunos elementos que formaban parte de la retribución a las plantas de tratamiento de purines porcinos, el Ministerio ha elaborado un proyecto de Orden «por la que se establecen los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a las instalaciones de tratamiento y reducción de purines (…) y se actualizan para el semiperíodo 2017-2019». En ella propone reducir en diez años la vida útil de las mismas para poder acceder a la retribución.
Según la CNMC, «de reducirse la vida útil regulatoria (15 años frente a los 25 años anteriores), durante la cual las plantas de purines tendrían derecho a recibir una retribución, antes de finalizar este año más de la mitad de las 33 instalaciones existentes habrían ya alcanzado o superado dicha nueva vida útil regulatoria. Además, muchas de ellas han estado inactivas durante parte de 2014, así como en 2015 y 2016″.
«Por otra parte -añade- el Ministerio, para calcular esta nueva vida útil regulatoria de 15 años, habría considerado que, de forma genérica, una planta de tratamiento de purines funciona 8.000 horas anuales. Incluso antes de la reforma regulatoria de 2014 pocas plantas han logrado tales niveles de actividad, dado que supondría que estarían funcionando de forma constante y a plena carga durante 11 meses de producción ininterrumpida».
«En este sentido -concluye- la CNMC recuerda que la sentencia del Tribunal Supremo no requiere al Ministerio que modifique la vida útil regulatoria de las plantas y, en todo caso, los cambios propuestos no estarían adecuadamente justificados».