En el último `Consultorio de la PAC´-emitido en Agropopular el 8 de septiembre- Carlos Ramos realizó la siguiente pregunta: ¿Qué garantías jurídicas tengo en mi explotación cuando todos los años me varían el coeficiente de admisibilidad de pastos, haciendo descuadrar derechos pastos-derechos labor y no pudiendo cobrar los asignados inicialmente?
Miguel Ángel Riesgo, presidente del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) recordó que el coeficiente de admisibilidad de pastos (CAP) se fijó en 2015 y que, en base al mismo, se asignaron los derechos. «En ocasiones se modifican, pero tienen que ser casos muy puntuales donde haya habido un cambio muy importante en la vegetación de la parcela».
Según explicó, si al oyente se le ha modificado el coeficiente por un control administrativo o sobre el terreno, es que la parcela habría sufrido un cambio importante en su admisibilidad.
Si, por el contrario, el oyente considera que no es verdad, que no ha habido cambio, lo que tiene que hacer es presentar una alegación al Sistema de Información Geográfica (SIGPAC) en el momento de presentar su solicitud única, solicitando que se le incremente de nuevo el coeficiente.
En este sentido, Riesgo aseguró que si el afectado está ejerciendo una actividad real y la vegetación es correcta «no tendría que haber problemas».
Real Decreto de ayudas: continuidad
Por otro lado, el presidente del FEGA recordó que, como todos los otoños, están modificando el Real Decreto de las ayudas y que este año el mensaje fundamental es la continuidad. «Va a haber muy pocos cambios ya que estamos en un año normal del periodo 2015-2020; por lo tanto, las ayudas se van a cobrar de la misma manera que en el año 2018».
No obstante, dio a conocer alguna de las «pequeñas novedades» que se van a incluir en la normativa. Destacó que se van a introducir más controles para garantizar el pago de las ayudas a quien lleve a cabo realmente una actividad agraria. Se trata de evitar, por ejemplo, «que se declaren pastos comunales donde no haya una actividad ganadera real» o que se declaren superficies en mantenimiento durante cinco años (es normal que haya un barbecho, una poda, una labor de mantenimiento algún año, pero no durante cinco años seguidos).
Asimismo, hizo hincapié en otro punto que cree que interesará a los agricultores y que deberían revisar cuando se publique el nuevo Real Decreto: «se va a introducir un anexo en el que se enumeran todas las situaciones que se consideran condiciones artificiales (que se intente evitar un control, etc)».
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