El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) publicó, el 24 de abril, la Resolución por la que se aprueba el texto consolidado de las bases reguladoras que regirán la concesión de subvenciones para el fomento de la comercialización de alimentos ecológicos.
El objetivo de las ayudas es el fomento de la comercialización de los alimentos certificados como ecológicos por el Consejo de la Producción Ecológica del Principado de Asturias (COPAE) producidos en las huertas y granjas asturianas, mediante el apoyo económico a las asociaciones de productores ecológicos del Principado de Asturias.
Según la Resolución, se establecen dos líneas de ayuda en función de los alimentos comercializados por las entidades beneficiarias: Entidades que comercialicen mayoritariamente alimentos ecológicos de origen agrícola y entidades que comercialicen mayoritariamente alimentos ecológicos de origen ganadero.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las entidades asociativas de productores ecológicos, con ámbito de actuación en el Principado de Asturias que tengan personalidad jurídica propia y estén legalmente constituidos en el momento de la solicitud de la ayuda bajo alguna de las siguientes fórmulas jurídicas: cooperativas de primer o ulterior grado,
uniones de cooperativas, SAT.
Como norma general y dado que estas ayudas se conceden bajo el régimen de mínimis, no podrá superarse la cantidad de 200.000 euros por beneficiario en un período de tres ejercicios fiscales. Se establece la cuantía máxima de la ayuda en el 90% de los costes totales generados por la contratación de personal y del 75% para el resto de gastos. La cuantía máxima de la ayuda por entidad y año vendrá fijada en las correspondientes convocatorias de ayuda.
El plazo de presentación de las solicitudes será de al menos 15 días desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Las solicitudes podrán presentarse por Internet a través del portal www.asturias.es