Trasvase Tajo-Segura: La Comunidad Valenciana presenta alegaciones ante el Consejo de Estado

La otra batalla hídrica: el trasvase Tajo-Segura (El Mundo)
Fuente: MITECO

La Comunidad Valenciana ha presentado este martes, 10 de enero, alegaciones al plan del Tajo ante el Consejo de Estado, que apuntan a defectos en la tramitación que pueden determinar su nulidad de pleno derecho y ha pedido al Consejo que emita un informe desfavorable sobre el proyecto de real decreto que afecta al plan hidrológico en el que se incluye la regulación del trasvase Tajo-Segura.

Esta petición se basa en las alegaciones elaboradas por la Abogacía de la Generalitat, que ya se han remitido al órgano consultivo del Gobierno, en las que se acreditan «defectos acaecidos en la tramitación del proyecto» en referencia al hecho de cambiar, posteriormente y sin aviso previo, un texto que fue sometido a votación y aprobado por el Consejo Nacional del Agua.

En concreto, se refiere al cambio de redacción que sufrió la disposición adicional novena del proyecto de real decreto y, sobre todo, en la manera en que se llevó a cabo ese cambio.

El primer texto de esa disposición vinculaba el establecimiento de los caudales ecológicos a una valoración previa del estado ambiental que presentasen las masas de agua, que fue aprobado mayoritariamente en la reunión del Consejo Nacional del Agua del pasado 29 de noviembre.

Sin embargo, con posterioridad a ese encuentro, se procedió a efectuar una nueva redacción del texto que no es la que había sido sometida a debate y votación en el seno del Consejo Nacional del Agua, según indica la Generalitat.

El nuevo texto «impone unos incrementos fijos e inamovibles de los caudales ecológicos hasta el año 2027 sin tomar en consideración ningún análisis previo del estado de las aguas con el consiguiente y grave perjuicio para los regantes de la cuenca del Segura», argumenta el Gobierno autonómico.

El texto se ha modificado de manera unilateral por el MITECO, sin comunicar con anterioridad el contenido de ese cambio ni al Gobierno valenciano ni al propio Consejo Nacional del Agua

Asimismo, critica que ese texto se haya modificado de manera unilateral por el Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO), sin comunicar con anterioridad el contenido de ese cambio ni al Gobierno valenciano ni al propio Consejo Nacional del Agua, y que es el que finalmente ha llegado al Consejo de Estado. La Generalitat entiende que «no ha sido sometido a los principios de participación ciudadana y concertación» y que, por tanto, podría haberse producido «una nulidad de pleno derecho en la emisión del informe preceptivo».

La Abogacía de la Generalitat sostiene que se ha tomado «una decisión arbitraria basada en la libre voluntad de la Administración redactora de la norma» y que durante el proceso «se han vulnerado los principios de seguridad jurídica, confianza legítima, lealtad institucional, buen gobierno y transparencia», principios amparados por la Constitución y por el régimen jurídico de las administraciones públicas.

Por estos motivos, pide que se introduzca de nuevo la versión original de la disposición adicional novena, relativa a los caudales ecológicos, que resulta «fundamental» para garantizar el mantenimiento del trasvase Tajo-Segura.

Además, considera que el nuevo texto del Ministerio habla de estudios y evaluaciones cuando, al mismo tiempo, fija de antemano unos caudales ecológicos al alza sin compromiso alguno de establecerlos en función de un análisis previo.

En consecuencia, la introducción de ese programa de seguimiento al que se alude en la redacción modificada «ha quedado totalmente desnaturalizada y se ha convertido en ilógica e inútil», de manera que el nuevo texto enviado por el Ministerio al Consejo de Estado adolece de «falta de criterio y rigor técnico».

Tras alertar de que la nueva redacción «cuestiona el trasvase y no tiene en cuenta los impactos económicos que ocasiona», insiste en recuperar la versión inicial «para conseguir la seguridad hídrica, dado que la propia instrucción de Planificación Hidrológica considera la necesidad de un análisis previo a la fijación de los caudales ecológicos en el plan».

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