Consultorio de la PAC: aclaraciones sobre el plazo de presentación de la solicitud única de las ayudas

Con Mercedes Morán, consejera de Agricultura de Extremadura

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Mercedes Morán, consejera de Agricultura (Fuente: Junta de Extremadura)

En el Consultorio de la PAC del 1 de junio, Mercedes Morán, consejera de Agricultura de la Junta de Extremadura, aclaró varias cuestiones sobre la presentación de la solicitud única de la Política Agraria Común.

En una nota de prensa el Ministerio de Agricultura publicaba que «Los agricultores y ganaderos  podrán presentar la solicitud única de las ayudas de la Política Agraria Común hasta el 15 de junio«. Decían también que «han sometido a consulta pública, hasta el 5 de junio, un proyecto de real decreto que las penalizaciones por presentaciones fuera de plazo en el periodo comprendido entre el 1 y el 15 de julio». En la práctica ese cambio permite a los productores seguir presentando la solicitud única de 2024 hasta el 15 de junio en toda España.

Según Morán, el Ministerio debería haberlo aclarado mucho mejor porque en realmente no se ha ampliado el plazo. El fin de plazo sigue siendo el 31 de mayo, lo que ha hecho el Ministerio es permitir que durante del periodo de modificación de la solicitud de ayuda, desde el 1 al 15 de junio, se puedan presentar las solicitudes sin la penalización clásica del 1 % por día.

A efectos prácticos esto quiere decir que, aunque se haga la PAC, hay compromisos que hay que tener cumplidos a fecha de fin de solicitud, es decir, a 31 de mayo. Esto es especialmente importante para los jóvenes que se incorporan este año y para los nuevos agricultores.

Caso en el sector ganadero

La consejera puso como ejemplo el caso de un joven  ganadero que se incorpora este año con vacas: «si tiene que hacer su solicitud de ayudas puede hacerlo hasta el 15 de junio». No obstante, precisó que «el Real Decreto recoge como requisito que este joven ganadero tiene que tener el código REGA de su explotación a su nombre a fecha de fin de plazo para que pueda cobrar el ecorrégimen de pastos, es decir, tuvo hasta el 31 de mayo para cumplir el requisito del REGA y poder cobrar el ecorrégimen de pastos aunque haga la solicitud antes del 15 de junio».

Caso en el sector agrícola

En el sector agrícola, explicó como ejemplo el de un agricultor de arroz nuevo que haga por primera vez la solicitud de ayuda: «puede hacerla hasta el 15 de junio, pero el Real Decreto de ayudas también dice que para cobrar el ecorrégimen y el pago acoplado del arroz tiene que estar inscrito en el Registro de Explotaciones Agrícolas a fecha del fin de plazo de la solicitud única».

Es decir, según Morán, «los jóvenes que se incorporen y los nuevos agricultores y algunos otros casos especiales o específicos, para cobrar todas las ayudas deben que contar con que la fecha de fin de plazo de solicitud única fue el 31 de mayo para cumplir estos requisitos, aunque puedan hacer la solicitud hasta el 15 de junio».

Escucha el Consultorio de la PAC con Mercedes Morán

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