Consultorio de la PAC: cuestiones relativas a las ayudas a los ecorregímenes en tierras de regadío

Con Juan Pedro Medina, que fue viceconsejero de Política Agraria Comunitaria de la Junta de Castilla y León

Consultorio PAC con Juan Pedro Medina
Juan Pedro Medina, exviceconsejero de Política Agraria y Desarrollo Rural de la Junta de Castilla y León

Con motivo del Día internacional del Agua, el 22 de marzo, Juan Pedro Medina, que fue viceconsejero de Política Agraria Comunitaria de la Junta de Castilla y León, dedicó el Consultorio de la PAC a hablar de regadío.

A efectos de las ayudas a los ecorregímenes en tierras de regadío, Medina recordó que los agricultores tienen que indicar que es regadío o también pueden indicar recintos que se hubieran considerado regadío en la PAC de los tres años anteriores a 2025.

Además, subrayó que es importante que los agricultores que soliciten este ecorrégimen «tienen que cumplir con un plan de abonado y anotar los fertilizantes y el agua de riego que usan en las parcelas en el libro de registro de explotación digital o en papel».

Requisitos relacionados con la condicionalidad reforzada 

Sobre los requisitos relacionados con la condicionalidad reforzada en materia de agua, explicó que hay dos componentes: «uno que tiene que ver con una Directiva Europea de protección de agua, evidentemente tienen que tener concesión de agua, disponer de elementos que midan el volumen utilizado, comunicar el volumen utilizado, no realizar vertidos de sustancias que contaminen y no apilar estiércoles o purines cerca de los cauces».

El otro requisito está relacionado con las condiciones agrarias y medioambientales: «hacer franjas de protección en las parcelas que linden con los ríos o los lagos, de 5 metros de ancho, donde no se pueden utilizar fertilizantes ni fitosanitarios, lo único que pueden mantener es una cubierta vegetal que se puede pastorear al borde de las riberas de los ríos principales».

Por último, aseguró que «es importante que lo conozcan porque cualquier incumplimiento significa la reducción de las ayudas». En el caso de incumplimientos por materias administrativas, autorización de concesión de aguas o de otro tipo, supone la pérdida de esas ayudas de esa parcela referente a los ecorregímenes o las ayudas asociadas.

Escucha el Consultorio de la PAC con Juan Pedro Medina


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