El Consultorio de la PAC del 10 de junio corrió a cargo de Mercedes Morán, que fue directora general de Política Agraria Comunitaria en la Junta de Extremadura, que habló de las modificaciones del cuaderno digital de explotación -del que el FEGA publicó hace unos días una nota aclaratoria- y del lío de las fechas de su entrada en vigor.
Dentro de las modificaciones que se han establecido para flexibilizar las exigencias de la PAC con motivo de la sequía, se encuentran algunas respecto al cuaderno digital de explotación y cómo viene ocurriendo, lo enrevesada que es la norma del Ministerio obliga a hacer una nota aclaratoria.
La flexibilización consiste en establecer una entrada en vigor más progresiva del cuaderno digital, tanto de la fecha como de la información que se debe recoger en él.
Lo primero que hacen es distinguir entre explotaciones grandes y pequeñas.
¿Qué criterios siguen para definir qué es una explotación grande y cuál es pequeña?
Pues no lo explican, pero lo cierto es que el concepto que tiene el Ministerio del tamaño de la explotación es sorprendente.
Se consideran explotaciones grandes, aquellas que tienen más de 30 hectáreas de tierra de cultivo o más de 30 hectáreas de pastos o más 10 hectáreas de cultivos permanentes o que en el total de su superficie agraria, tengan más de 5 hectáreas de regadío o posean alguna parcela de invernadero. Y se consideran pequeñas todas las demás.
Una vez así clasificadas las explotaciones, se fijan las fechas de entrada en vigor del cuaderno digital.
¿Esas fechas son diferentes según el tamaño de la explotación?
Según Morán, sí. Para las explotaciones calificadas como grandes, hay establecidas dos fechas, según el ecorrégimen que se solicite:
- La primera es el 1 de septiembre de 2023 para aquellos agricultores que soliciten la rotación con cultivos mejorantes o siembra directa en tierras de cultivo de regadío y para los que soliciten cubierta vegetal o inerte en cultivos leñosos. A partir de esa fecha tendrán que cumplimentar solo parte de la información referida a la campaña 2024, no todos los datos que se les exige en la normativa.
- Y a partir de la segunda fecha, el 1 de enero de 2024, los agricultores que soliciten esos eco-regímenes anteriores, deberán cumplimentar el resto de la información exigida.
Esta fecha del 1 de enero de 2024, será también la de la entrada en vigor del cuaderno de explotación para aquellos agricultores y ganaderos con explotaciones grandes que soliciten el resto de eco-regímenes
¿Y a las explotaciones pequeñas que fechas se les aplica?
Para las explotaciones consideradas pequeñas, los compromisos son exactamente los mismos que hemos comentado para las grandes, con la diferencia que se les da un año más.
La entrada en vigor del cuaderno digital para las explotaciones pequeñas, sería el 1 de septiembre de 2024 para la rotación de cultivo o siembra directa en tierras de regadío y para los de cubierta vegetal o inerte en cultivos leñosos y el 1 de enero de 2025 para el resto de eco-regímenes.