En el último `Consultorio de la PAC´-21 de abril-, Miguel Ángel Riesgo, presidente del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) habló de la ampliación del plazo de solicitud de las ayudas de la Política Agraria Común y respondió a las dudas de dos oyentes: en primer lugar, a una queja relativa al retraso en los pagos de las ayudas por un error ajeno al agricultor; y, en segundo lugar, a una consulta sobre el traspaso de derechos de pago básico.
Pedro Carmona explicaba que todavía no había cobrado la PAC 2017 y ha recibido una comunicación de parte de la Consejería: «en relación son su solicitud única de ayudas para la campaña 2017, como consecuencia de los controles administrativos realizados hasta la fecha de la presente comunicación, se ha detectado en su expediente la incidencia: Expediente con retrocesión bancaria».
Según el oyente, el error deriva de la gestión de las cuentas por parte de la Junta de Andalucía. «Me he personado en la Consejería y me dicen que tengo que esperar, que me abonarán el dinero retrocedido de la PAC 2016 y la PAC íntegra de 2017. Mi indignación es que, por un error ajeno a mí, a día de hoy, cuando se ha abierto el plazo para la PAC de 2018, yo aún estoy sin cobrar».
Según Riesgo, «las incidencias con las cuentas bancarias son habituales», por eso es importante que al hacer la solicitud el agricultor se asegure de que declara bien la cuenta. Se ha producido la devolución de parte del pago de la campaña 2016, que es lo que se denomina la `retrocesión´. Ya lo tienen detectado, «en su normativa la Junta establece que el abono se podrá hacer en otra cuenta. Estas gestiones llevan su tiempo».
Además, recordó que la Comunidad tiene para hacer el pago hasta el próximo 30 de junio y como tienen detectado el error, le pagarán en breve.
Traspaso de derechos
Por otro lado, María González explicó que tiene 55 años y ha trabajado 30 en una empresa por cuenta ajena cotizando a la Seguridad Social en el Régimen General. En enero de este año se ha hecho cargo de una explotación agraria y se ha dado de alta en la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Esta explotación tiene algunos derechos de pago básico cuyo titular no tiene inconveniente en traspasarlos. “¿Qué debo hacer para traspasar los derechos de pago de la explotación a mi nombre?”
El presidente del FEGA detalló que las gestiones realizadas por la oyente hasta ahora son las correctas para incorporarse a la actividad. Para que el anterior titular le traspase los derechos que poseía, antes del proximo 31 de mayo, tienen que presentar una soliciutd de cesión ante la autoridad competente en la que el que le ha vendido la explotación presentó su última solicitud única. Al ser una venta asociada a la explotación, la cesión no tendrá peaje y la oyente recibirá íntegramente los derechos
Por otro lado preguntó si puede tener alguna opción de adquirir derechos de la Reserva Nacional. Riesgo aseguró que en este caso sí que entra en una de las categorías. Al ser una nueva incorporación tiene que demostrar que tiene los criterios de formación que pide su Comunidad Autónoma para otorgar la reserva nacional.
Por lo tanto, le aconsejó que acuda a la Comunidad para conocer los criterios de formación, sobre todo porque, aunque no los cumpla, «todavía tendría dos años para conseguir esa formación» y pedir los derechos de la reserva nacional.
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