¿Cómo plantea resolver el Gobierno los contratos para las campañas agrarias?

Imagen de archivo de Justo Puerto Morejon, agricultor de Marchena (Sevilla).

El Gobierno ha planteado este miércoles -17 de noviembre- cambios en su propuesta sobre contratación temporal con la posibilidad de que se hagan contratos temporales para actividades ocasionales solo por una duración máxima de 3 meses y con límites según el tamaño de la empresa.

El texto plantea que solo podrán hacerse contratos de trabajo de duración determinada por circunstancias de la producción o por sustitución de un trabajador y se especificará «con precisión en el contrato la causa habilitante de la contratación temporal, las circunstancias concretas que la justifican y su conexión con la duración prevista».

Entre esas causas se señala al «incremento ocasional e imprevisible de la demanda» o la realización de actividades ocasionales «en atención a su naturaleza, aunque tengan carácter previsible y cíclico».

«La duración máxima de los contratos para actividades ocasionales será de tres meses», frente a los doce actuales, añade la propuesta que incluye límites para el uso de esta modalidad según el tamaño de la empresa.

«En el supuesto de que un puesto de trabajo (…) sea ocupado con contratos para actividades ocasionales durante más de cinco meses en un año, la persona que lo esté ocupando será considerada indefinida»

Asimismo, el texto añade que «en el supuesto de que un puesto de trabajo (…) sea ocupado con contratos para actividades ocasionales durante más de cinco meses en un año, la persona que lo esté ocupando, o que lo ocupe tras ese periodo, será considerada indefinida».

Se propone que el número de contratos para tareas ocasionales que las empresas podrán concertar dentro de un año natural no será superior a una escala que empieza en un contrato para las empresas de hasta 5 trabajadores, para subir a dos en las de 6 a 10 personas y tres en el caso de llegar a 30. A partir de esa plantilla, se establecen topes en número de contratos y porcentaje: de 31 a 100 trabajadores cinco contratos o el 8 % de la plantilla; de 101 a 500 empleados quince o el 7 % de la plantilla y en empresas con más de 500, treinta contratos al año o el 4 % de la plantilla. La propuesta recoge que «cuando se trate de empresas del sector agrario, el número máximo de contratos a realizar en cada tramo se incrementará en un 50%”.

Se trata de cambios reflejados en el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, que es el que regula la duración del contrato, y en el que se trabaja para intentar acotar la elevada temporalidad del mercado laboral en España.

Evaluación bianual

El objetivo de esta propuesta es limitar modelos y uso de los contratos temporales, hacer que el indefinido sea el que se suscriba por defecto e incentivar el uso del fijo discontinuo.

El borrador también plantea que, una vez puestas en marcha todas estas medidas, el Gobierno evaluará los resultados analizando los datos de contratación temporal e indefinida en enero del año 2025 y que es evaluación deberá repetirse cada dos años.

Si los resultados de la evaluación no muestran una reducción de la tasa de temporalidad, el Gobierno elevará a la mesa de diálogo social una propuesta de medidas adicionales.

Todos los derechos reservados. Queda prohibido reproducir, distribuir, comunicar públicamente o transformar, todo o parte del contenido de este sitio web, incluido, pero no limitado a, los textos, las fotos y los videos, sin el permiso previo y por escrito de Informativos Agrarios S.L.