Bruselas cuestiona algunos elementos del proyecto de norma de calidad del aceite de oliva

La Comisión Europea ha cuestionado algunos elementos del proyecto de norma de calidad del aceite de oliva elaborado por el Ministerio de Agricultura, por considerar que no son conformes al derecho comunitario y pueden suponer trabas a la libre circulación de mercancías dentro de la UE, al referirse no solo a aceites producidos y comercializados en España, sino también a los procedentes de otros Estados miembros o a los producidos para comercializar fuera de España.

Entre ellos figura la prohibición de comercializar los aceites de oliva virgen extra destinados a los consumidores finales en recipientes de plástico o la de comercializar mezclas de aceite de oliva con otros aceites o grasas de origen vegetal.

La Comisión considera que el citado proyecto contiene disposiciones no armonizadas a nivel comunitario que pueden limitar la libre circulación de mercancías en el mercado interior. Por ejemplo, la prohibición de vender al consumidor aceites de oliva virgen extra en envases de plástico parece aplicarse al comercio minorista tanto si el aceite procede de España como de otros Estados miembros.

Asimismo, la prohibición de utilizar los términos “virgen” o “virgen extra” en el etiquetado de productos alimenticios de apariencia oleosa que puedan confundirse con los aceites de oliva, tales como aceites, condimentos o aderezos, parece aplicarse también a los productos procedentes de otros Estados miembros.

En cuanto a las mezclas de aceite de oliva con otros aceites, dado que están prohibidas en España, la Comisión supone que se refiere a los productos de otros Estados miembros. La Comisión precisa, respecto a este último caso, que la normativa comunitaria permite a un Estado miembro prohibir la producción de tales mezclas en su territorio para consumo interno, pero no puede prohibir la comercialización en su mercado de mezclas procedentes de otros Estados miembros ni la producción en su territorio de esas mezclas para su comercialización fuera de España.

Según Bruselas, el proyecto debe aclarar a qué operadores y productos concretos se aplican cada una de las disposiciones de la norma de calidad, con el fin de no imponer obligaciones o exigencias a productos procedentes de otros Estados miembros. Debe determinar, por ejemplo, si las diferentes disposiciones son aplicables a productos producidos en España para ser comercializados en España, a mercancías producidas en España para exportación, a productos importados de otros Estados miembros, etc. y limitar la aplicación de las prohibiciones a los productos producidos y comercializados en el mercado español.

La Comisión invita a España a tener en cuenta estos comentarios. Bruselas ha llevado a cabo el análisis del citado proyecto en el marco del procedimiento recogido en la directiva comunitaria 2015/1535, cuyo objetivo es garantizar que las disposiciones de los Estados miembros son compatibles con la legislación de la UE y los principios del mercado interior.

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