El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado hoy -25 de marzo- la Orden por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera y las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Apícola en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El objeto de las presentes ayudas es la compensación de los costes de las actuaciones de prevención, control, lucha o erradicación de enfermedades de los animales incluidas en programas o actuaciones sanitarias.
Para poder recibir las ayudas reguladas esta Orden, las ADS deberán cumplir los siguientes requisitos: encontrarse reconocidas como ADS el día de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura, y que concurran todas las condiciones que determinaron dicho reconocimiento; tratarse de explotaciones de productores ganaderos en actividad y que las explotaciones, beneficiarias finales de las ayuda, tengan la condición de PYMES; disponer y ejecutar los programas sanitarios fijados por la Administración, según la especie o especies animales que integren la Agrupación, y cumplir las funciones asignadas a los Veterinarios responsables autorizados.
Las explotaciones ganaderas integradas en la ADS, para poder recibir las ayudas deberán también: estar oportunamente inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas y tratarse de explotaciones en actividad
El plazo de presentación de solicitud será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la correspondiente resolución de convocatoria de la Secretaría General de la Consejería competente en materia de ganadería.