En el último `Consultorio de la PAC´-emitido el pasado 10 de marzo-, Miguel Ángel Riesgo, presidente del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) explicó las normas de acceso a los derechos de la reserva nacional porque el día 6 de marzo se publicó una nueva circular.
Según Riesgo, «básicamente las condiciones son las mismas que las del año pasado, es decir, los jóvenes y los nuevos agricultores son los que pueden seguir accediendo a la reserva nacional». Los derechos se pueden pedir hasta el 30 de abril.
El cambio fundamental que se ha introducido es el desarrollo de los estudios de la creación de condiciones artificiales, “no queremos que se incorporen personas que no desarrollan una verdadera actividad agraria”. En la circular se han establecido los criterios que tiene cada Comunidad Autónoma para determinar esas condiciones artificiales.
En relación a este asunto, Francisco Calero envió la siguiente consulta: “mi mujer tiene alquiladas 10 hectáreas y aprisco a un agricultor y ganadero de bovino desde hace muchos años. ¿Puede el arrendatario/agricultor/ganadero solicitar alguna ayuda?”
Según Riesgo, en este caso, que es un arrendatario de ganado bovino, está claro que puede solicitar las ayudas al ganado bovino.
Recordó que hay tres ayudas, dependiendo de la orientación productiva: a la vaca nodriza, a la vaca de leche y al vacuno de cebo. Las dos primeras ser pagan por los animales que están en la explotación en cuatro fechas, entre el 1 de enero y el 30 de abril; y la segunda por los animales cebados (entre 6 y 24 meses) que están entre el 1 de octubre del año pasado y el próximo 30 de septiembre.
Para cualquiera de estas ayudas de ganado bovino no hay que indicar el número de animales sino indicar qué ayuda se pide y la administración calculará los animales.
Además de esas ayudas acopladas ganaderas, también podría pedir derechos a la reserva nacional. Como acaban de publicar la circular, el presidente del FEGA le recomendó que mirase esas condiciones. Si no cumple que se ha incorporado en 2013 y que es joven agricultor -o que es nuevo-, no podría pedirlos, apuntó. No obstante, en último caso podría comprar derechos en el mercado «asegurándose que son de la misma región que las tierras que tienen».
Circular del FEGA: criterio de solicitud de derechos de pago básico de la reserva nacional
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