El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publicó el 6 de octubre la Orden por la que se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, para el ejercicio de 2020, las ayudas dirigidas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de nuevos productos agrícolas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.
Estas ayudas tienen como finalidad contribuir al aumento de la competitividad del sector agroalimentario y el aumento del valor añadido de los productos agrícolas.
Los beneficiarios serán las personas físicas y jurídicas, y sus agrupaciones, consideradas PYME que ejerzan y asuman las actividades de transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas o subproductos agrarios o del algodón, exceptuando los productos
de la pesca y del sector oleícola y aceituna de mesa. Además, también se podrán beneficiar las grandes empresas que ejerzan y asuman las actividades de transformación,
comercialización o desarrollo de productos agrícolas o subproductos agrarios o del
algodón y las personas físicas o jurídicas del sector del olivar.
Según indica la normativa, la cuantía de la subvención consistirá en un determinado porcentaje del presupuesto total de las actividades subvencionables. Se fija un porcentaje mínimo establecido para cada línea y tipo de empresas según su tamaño y este puede aumentarse en determinadas circunstancias recogidas en los cuadro-resumen de cada línea.
El plazo de presentación serán dos meses a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía dicha Orden.