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Se reestablecen los tiempos de descanso en el transporte de animales

Según publica el Boletín Oficial del Estado

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves -4 de junio- un Orden del Ministerio de Sanidad que, entre otras cuestiones, reestablece los tiempos de descanso en el transporte de animales después de haberlos eliminado en marzo en el marco de la lucha contra el coronavirus (COVID-19).

La Orden deroga el artículo 2 de una Orden ministerial del 24 de marzo por la que se establecen medidas en relación con el transporte de animales, concretamente la eliminación de los tiempos de descanso de la normativa sobre protección de los animales durante el transporte.

En ese momento se suspendió la obligatoriedad del cumplimiento de los tiempos de descanso en un momento en el que la actividad de la hostelería y la restauración era «prácticamente nula» y resultaba difícil para los transportistas encontrar lugares para realizar las paradas establecidas de forma precisa, según detalla el Ministerio.

Asimismo, afirma que el impacto de esa medida ha sido «muy limitado», porque los movimientos de animales dentro del territorio nacional «raras veces alcanzan los periodos máximos establecidos en la normativa europea».

La excepción tampoco eximía a los transportistas de la obligación de atender a las necesidades de los animales durante los viajes.

Se mantiene lo relativo a la vigencia de las autorizaciones establecidas en la normativa veterinaria sobre transporte de animales

La derogación del citado artículo busca garantizar el cumplimiento estricto de la normativa de la Unión Europea, según la orden publicada en el BOE, elaborada a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

En cambio, se mantiene lo relativo a la vigencia de las autorizaciones establecidas en la normativa veterinaria sobre transporte de animales, ya que todavía no se han restablecido con normalidad determinados servicios administrativos.

La Orden entrará en vigor a partir del viernes, 5 de junio de 2020, tal y como precisa el BOE.

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