El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves, 11 de mayo, el proyecto de Ley para la prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, que fija un régimen sancionador a las empresas y que avanza hacia su ratificación en el Senado.
Con 269 votos a favor, 70 abstenciones y ningún voto en contra, los diputados han respaldado el proyecto legislativo cuyo objetivo es reducir el desecho a la basura de alimentos sin consumir desde el campo hasta el hogar, pero con enmiendas acordadas por los grupos parlamentarios.
El Congreso ha apoyado el texto que sacó adelante la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación del Congreso.
¿Qué estipula la nueca ley?
La nueva ley estipula que las empresas de la cadena deberán tener un plan de prevención para minimizar las pérdidas y destinar los alimentos a otros usos, con prioridad para el consumo humano.
Fija un régimen sancionador que establece como falta grave no contar con un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio, que prevé penalizaciones que pueden oscilar entre 2.001 y 60.000 euros.
El dictamen aprobado por el Congreso señala que «para lograr que todos los eslabones de la cadena de suministro sean eficientes es necesaria la participación de todos los sectores de la sociedad (…) administraciones públicas, empresas y operadores relacionados con la cadena, asociaciones y bancos de alimentos en su conjunto».
Los objetivos son la prevención, reducción de las pérdidas y desperdicio alimentario y la promoción de la economía circular y la sensibilización.
El Congreso ha apoyado «reducir la generación de residuos alimentarios de forma que se logre una disminución del 50% de los desechos per cápita en la venta minorista y del consumo y del 20% de las pérdidas a lo largo de las cadenas de producción y suministro para 2030» respecto a 2020.
Como novedades respecto al proyecto de ley figuran también la exención de microempresas de algunas de las obligaciones y inclusión de las entidades del «tercer sector de acción social» en el conjunto de los agentes que prestan servicios de distribución de alimentos donados.
La Ley seguirá la tramitación parlamentaria en el Senado; si esta última cámara aprueba enmiendas vuelve al Congreso y si no hay cambios se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entrará en vigor.