En la última emisión de AGROPOPULAR -28 de marzo- hablamos con Juan José Álvarez, experto fiscal de ASAJA, quien aclaró en antena algunas de las dudas que se están planteando en el sector agrario por las medidas que se han adoptado para frenar la propagación del coronavirus.
Entre ellas, la de cuantas personas pueden ir en vehículos particulares. Explicó que los que vayan en turismos podrán ir dos personas, es decir, el conductor y otra persona que tiene que ir detrás del asiento del copiloto y manteniendo la distancia de seguridad. En el caso de furgonetas con capacidad de 9 personas, podrán ir un tercio de la capacidad del vehículo, es decir, tres personas. Y siempre dejando vacía la fila posterior al asiento del conductor.
Respecto a la forma de acreditar el desplazamiento al lugar de trabajo en las explotaciones, Álvarez detalló que no hace falta una acreditación del trabajador o profesional de la agricultura para ir a su trabajo. «Están autorizados para a ir a trabajar todos los agricultores y ganaderos».
En relación con los autónomos, el experto fiscal apuntó que la semana pasada hicieron una consulta al Ministerio de Seguridad Social sobre la prestación excepcional y especial por el coronavirus. «Efectivamente la solicitud es de un 75% de la base reguladora, y no viene de oficio sino que hay que solicitarla a través de los formularios habilitados en la página web de la seguridad social».
¿Cómo hay que justificar la reducción del 75% de los ingresos que tienen los autónomos? Sobre este asunto, el exporto fiscal de ASAJA apuntó que, según el Ministerio, la solicitud debe ir acompañada de una declaración jurada o del libro contable que justifique la reducción de facturas del 75%. «Algunos de los agricultores y ganaderos no estarán obligados a llevar este registro contable porque estarán en regímenes de módulos. Esta demostración del 75% lo podrán hacer por cualquier medio admitido en derecho», añadió.
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