El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado 15 de enero la Orden sobre la ayuda específica al cultivo del algodón para la campaña 2014/2015, en la que se establecen los requisitos exigidos a las superficies con derecho a ayuda, las variedades autorizadas y las condiciones de cultivo.
Según la norma, las parcelas elegibles para la siembra de este cultivo que podrán acogerse a la ayuda serán aquéllas en cuyas superficies se hubiese sembrado algodón con derecho a ayuda al menos una vez durante las campañas 2000/2001, 2001/2002 y 2002/2003. Asimismo, se autoriza el uso de todas las variedades que recoge el catálogo común de especies de plantas agrícolas de la Unión Europea.
La densidad mínima de siembra se establece en 100.000 plantas/hectárea en regadío, 90.000 plantas/hectáreas en secano y 75.000 plantas/hectárea en el caso de las variedades híbridas interespecíficas.