Confirman un foco de la enfermedad hemorrágica epizoótica en Extremadura

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Imagen de archivo

La Junta de Extremadura ha confirmado la existencia de un foco de enfermedad hemorrágica epizoótica (EHE) en una explotación de ganado vacuno de Monesterio (Badajoz). El Laboratorio Nacional de Referencia de Algete (Madrid) ha ratificado las muestras.

El Gobierno regional ha recordado que esta enfermedad, que no afecta a los humanos, es de carácter vírica e infecciosa, no contagiosa, se transmite por la picadura de mosquitos y afecta a rumiantes domésticos y salvajes, principalmente al ciervo y al bovino.

Se trata del sexto foco confirmado en España este año, tras los casos notificados en explotaciones bovinas de Córdoba, Sevilla y Huelva.

Es el sexto foco confirmado en España este año

La aparición de este foco no supone la necesidad de aumentar los radios de las zonas de restricción para esta enfermedad, puesto que tanto las provincias limítrofes de Andalucía, como la de Badajoz, en aplicación de la normativa sanitaria de referencia, ya estaban declarados zonas de restricción desde el otoño de 2022.

Tras esta nueva declaración, según ha informado la Junta, se mantienen en toda la provincia de Badajoz los mismos condicionantes sanitarios para la salida de bovinos, caprinos y ovinos desde explotaciones ubicadas en zonas de restricción con destino a zonas libres o a otros países de la UE, y en función, a su vez, de si estos traslados son para sacrificio o para vida.

Se mantienen en toda la provincia de Badajoz los mismos condicionantes sanitarios para la salida de bovinos, caprinos y ovinos

Estos condicionantes están basados fundamentalmente en la verificación de ausencia de síntomas clínicos en animales objeto de traslado y de desinsectaciones de transportes y de animales, según los orígenes y destinos.

Además, la Junta de Extremadura ha subrayado la importancia de la participación de los veterinarios de explotación en cuanto a la posibilidad de que los Servicios Veterinarios Oficiales cuenten con ellos para la verificación del cumplimiento de los condicionantes sanitarios necesarios.

También ha recordado que los traslados de especies silvestres de una zona acotada a otra -como los ciervos- se seguirán regulando por su normativa específica establecida en el Real Decreto 1082/2009, de 3 de julio, por el que se establecen los requisitos de sanidad animal para el movimiento de animales de explotaciones cinegéticas, de acuicultura continental y de núcleos zoológicos, así como de animales de fauna silvestre.

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