El Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC) publicó el pasado 4 de abril la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de la ayuda temporal excepcional destinada a las explotaciones con cultivos de huerta y de cítricos afectadas por la DANA en el año 2024, correspondientes al Programa de desarrollo rural (PDR) 2014-2022.
El objetivo es compensar las pérdidas de cosecha de las explotaciones agrarias que cuenten con cultivos hortícolas afectados por las lluvias torrenciales derivadas de la DANA de los municipios de Gavà y Viladecans y de los municipios de las comarcas de El Baix Ebre y El Montsià, así como de las explotaciones agrarias con cultivos de cítricos de los municipios de El Baix Ebre y El Montsià, con la excepción del municipio de Ulldecona, afectadas por el mismo fenómeno meteorológico agravado por las ventoleras del mes de diciembre, para garantizar su continuidad.
Los beneficiarios podrán ser las personas titulares de explotaciones agrarias con cultivos hortícolas afectados por las lluvias torrenciales derivadas de la DANA
Estos deberán ser titulares, a fecha 1 de enero de 2024, de una explotación que conste en el Sistema Integrado de Datos de las Explotaciones Agrarias de Cataluña (SIDEAC). En el caso de personas jóvenes o cambios de titularidad, se admitirá que la inscripción sea antes de la fecha de finalización del plazo de solicitud única de 2024. Además, deberán haber presentado la declaración única agraria de 2024 (DUN 2024) antes del período de su finalización
Según indica la normativa, la superficie mínima elegible de cultivos de huerta de la explotación será de 0,25 hectáreas.