Aragón convoca ayudas a las explotaciones ganaderas en zonas de elevado riesgo de inundación

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Imagen de UAGA.

El Boletín Oficial de Aragón (BOA) publicó, el 6 de junio, la Orden por la que se convocan subvenciones a las explotaciones ganaderas de Aragón en zonas de elevado riesgo de inundación en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

Esta Orden tiene por objeto convocar las subvenciones destinadas al cese definitivo de las explotaciones ganaderas ubicadas en zonas de elevado riesgo de inundaciones en los municipios de la Comunidad Autónoma de Aragón, ribereños del río Ebro, desde el límite de la provincia de Navarra hasta la desembocadura del río Aguasvivas, así como su baja en el registro de explotaciones ganaderas del Gobierno de Aragón.

La finalidad es mitigar los efectos de las inundaciones en aquellas zonas de la Comunidad Autónoma de Aragón con mayor riesgo de afección de estos desastres naturales.

Podrán ser personas beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, que sean titulares de explotaciones ganaderas de porcino, vacuno u ovino inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas, con actividad en los dos últimos años.

En el caso de cese de actividad no podrá superarse el importe teórico obtenido tras aplicar 500 euros a cada UGM de capacidad autorizada de la explotación ganadera. En el caso de que el cese vaya acompañado de la construcción de una nueva explotación ganadera no podrá superarse el 80% de la inversión total, no pudiendo rebasar 600.000 euros por beneficiario.

Según la normativa, las subvenciones previstas en esta Orden son compatibles con otras subvenciones, ayudas e ingresos que pudieran obtenerse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales. En caso de que el cese vaya acompañado de la construcción de una nueva explotación ganadera, la ayuda total concedida a los beneficiarios últimos de las mismas no superará la cuantía máxima de la inversión realizad

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de dicha Orden en el «Boletín Oficial de Aragón».

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