Seguimos desgranando el real decreto de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma que el Estado ha publicado en el Boletín Oficial del Estado este miércoles, 28 de diciembre de 2022. En concreto, la ayuda por el aumento del precio de los fertilizantes.
El artículo 30 indica que «corresponde al Ministerio de Agricultura la concesión de ayudas directas a los agricultores, en compensación por el incremento de costes provocados por el aumento del precio de los fertilizantes».
Beneficiarios de las ayudas
Serán beneficiarios de las ayudas las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrícolas que han sido elegibles para el cobro de las ayudas directas de la PAC en la campaña 2022, que cuenten con cultivos permanentes y superficies de tierras de cultivo en dicha campaña.
No obstante, en el caso de Canarias, los beneficiarios de estas ayudas serán las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrícolas con superficies de tierras de cultivo y cultivos permanentes recogidos en el Registro de Explotaciones Agrícolas (REGEPA) a 31 de mayo de 2022 para dicha Comunidad Autónoma.
Las ayudas ascenderán a un montante máximo de 300 millones de euros
El número de hectáreas de cada beneficiario se determinará de oficio por el Ministerio de Agricultura y corresponderá a la superficie determinada de cultivos permanentes y de tierras de cultivo (excluidas las tierras de barbecho y los pastos temporales) que se haya establecido para el cobro en la campaña 2022 de las ayudas directas.
Las ayudas ascenderán a un montante máximo de 300 millones de euros y se imputará las aplicaciones presupuestarias que a tal efecto se creen en el presupuesto del Ministerio de Agricultura y del FEGA en 2023. La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.
Cuantía máxima
La cuantía total máxima de la ayuda se concederá por hectárea elegible, diferenciando superficie de secano de la de regadío, con los siguientes importes unitarios máximos:
- Superficie de secano: 22 euros por hectárea.
- Superficie de regadío: 55 euros por hectárea.
Según el texto, no se concederán ayudas cuando el importe a percibir resulte inferior a los 200 euros. Asimismo, las mismas se concederán hasta un máximo de 300 hectáreas por beneficiario, priorizando la superficie en regadío.
La superficie de secano y de regadío será la declarada en la solicitud única de la campaña 2022 y determinada tras los controles pertinentes realizados por las comunidades autónomas.