Procedimiento para la concesión de ayudas por los daños provocados por Filomena

Imagen de Lourdes Navarro desde Frades de la Sierra (Salamanca)

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha sometido a consulta pública, hasta el 29 de octubre, un proyecto de Real Decreto que recoge el procedimiento para la concesión de ayudas por los daños causados en el campo por la borrasca Filomena.

La finalidad de las ayudas es contribuir a paliar los daños causados en explotaciones agrícolas y ganaderas con pérdidas superiores al 30% de su producción, cuando se trate de producciones con póliza de seguro en vigor que hayan sufrido daños no cubiertos por el sistema de seguros agrarios.

La finalidad de las ayudas es contribuir a paliar los daños causados en explotaciones agrícolas y ganaderas con pérdidas superiores al 30% de su producción

También podrán acceder a las ayudas las explotaciones afectadas sin seguro cuando ocurrió el siniestro, por no haberse iniciado aún el período de garantías, pero que contrataran la misma línea de seguro en la campaña anterior. En el caso de explotaciones ganaderas se exceptúan a estos efectos las pólizas contratadas de seguros de retirada y destrucción de animales muertos en la explotación.

Requisitos para optar a las ayudas

Entre los requisitos que tendrán que cumplir los perceptores de estas ayudas figura el de contratar una póliza del sistema de seguros agrarios combinados durante las tres campañas siguientes. Además, tendrán que haber obtenido al menos el 25% de sus ingresos de actividades agrarias en el año anterior al de presentación de la solicitud o en los tres años anteriores, teniendo en cuenta el dato medio.

Las ayudas se concederán solo a las microempresas y pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción agraria primaria. No se otorgarán a empresas en crisis, salvo que la situación de crisis se haya debido a la borrasca Filomena o a las inundaciones objeto de este proyecto de Real Decreto.

La determinación del daño y el cálculo de la ayuda se realizarán caso por caso. No se concederán ayudas por importe inferior a 500 euros ni superior a 50.000 euros, aunque las comunidades autónomas podrán decidir superar esa cifra aportando la diferencia. Serán las comunidades las encargadas de convocar las subvenciones y de determinar el plazo de solicitud, que no podrá exceder del 5 de diciembre de 2021.

En caso de que los importes solicitados superen los fondos disponibles, se podrá proceder al prorrateo del importe global máximo destinado a las subvenciones entre los beneficiarios seleccionados. El proyecto del Ministerio no precisa la partida disponible para financiar estas ayudas.

El ámbito de aplicación de este proyecto son las comunidades de Asturias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Andalucía, Aragón, Madrid, La Rioja, Navarra, Canarias, Cantabria, Cataluña, Murcia y la Comunidad Valenciana, que fueron declaradas zona catastrófica por la tormenta de nieve generada por Filomena y la posterior ola de frío.

Además, la Comunidad Valenciana y La Rioja fueron declaradas zona catastrófica por las inundaciones de noviembre de 2020 y junio de 2021, respectivamente.

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