El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) publicó el pasado 16 de diciembre la Orden por la que se aprueba la convocatoria para el año 2023 de la prima compensatoria regulada en las Órdenes 1432/1993, de 30 de julio; 3040/1997, de 6 de octubre; 2803/2001, de 26 de junio; 8326/2004, de 24 de septiembre, y 224/2006, de 24 de enero, por la que se establecen ayudas para el fomento de la forestación de tierras agrícolas de la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el FEADER.
Los beneficiarios serán los participantes acogidos a los Programas de Forestación de Tierras Agrarias de la Comunidad de Madrid
La financiación de esta convocatoria se efectuará con cargo a la partida presupuestaria 77306 “Actuaciones Agrícolas”, del programa presupuestario 411A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2023, por un importe de 120.000 euros. La cuantía de las ayudas correspondiente a cada beneficiario será la establecida en la correspondiente Orden inicial de concesión de Participación en el Programa de Forestación de Tierras Agrícolas de la Comunidad de Madrid.
Estas ayudas serán financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en el 75%, por la Administración General del Estado en el 7,5% y por la Comunidad de Madrid en el 17,5% restantes.
El plazo para la presentación de las solicitudes de pago es el establecido en el artículo 95 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura, y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural. Con carácter general, este plazo es el comprendido entre el 1 de febrero y el 30 de abril.