El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, 4 de marzo, una ampliación en el ámbito de aplicación de la ayuda asociada de la Política Agraria Común (PAC) para los productores de frutos secos de secano en áreas con riesgos de desertificación, que pasan de 11 a 27 comarcas.
Según el Ministerio de Agricultura, con esta medida se da respuesta a una reivindicación del sector, que solicitaba considerar más zonas como susceptibles de ayudas, dado que en aquellas donde las precipitaciones tienen un carácter torrencial, el agua no es aprovechable por el cultivo, lo que condiciona su desarrollo y rendimiento y compromete su rentabilidad.
La modificación consiste en descontar de las medias anuales de precipitaciones que se consideran para establecer el derecho a la ayuda las lluvias de carácter torrencial por encima de 30 mm diarios
De hecho, los productores de almendro, avellano y algarrobo en secano en la península perciben la ayuda si el cultivo se realiza en una pendiente superior al 10 %, o bien, en aquellos recintos con una pendiente inferior pero ubicados en una comarca con una precipitación anual media en los últimos 10 años menor a 300 milímetros (mm). En el caso de Baleares, el ámbito se amplió el año pasado a la totalidad de su territorio.
La modificación consiste en descontar de las medias anuales de precipitaciones que se consideran para establecer el derecho a la ayuda las lluvias de carácter torrencial por encima de 30 mm diarios. Para ello se ha considerado la información de precipitaciones diarias aportada por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) sobre los últimos 10 años.
El importe de la ayuda queda dentro de los niveles establecidos en el Plan Estratégico de la PAC, por lo que se mantiene su objetivo. Esta ayuda se podrá solicitar ya para la campaña 2025, cuyo plazo de presentación comenzó el pasado 1 de febrero, ya que la modificación tiene carácter retroactivo.
Comarcas donde se aplicará la ayuda asociada a los frutos secos
- Albacete: Hellín
- Alicante: Meridional, Central y Vinalopó.
- Almería: Campo Nijar y Bajo Andarax, Rio Nacimiento, Bajo Almanzora, Campo de Tabernas, Alto Almanzora, Campo Dalias, Alto Andarax, Los Vélez.
- Castellón: La Plana y Litoral Norte.
- Granada: Baza, La Costa y Guadix
- Lleida: Segriá
- Murcia: Suroeste y Valle Guadalentín, Campo de Cartagena, Río Segura, Centro y Nordeste.
- Tarragona: Ribera de Ebro.
- Valencia: Sagunto, Huerta de Valencia y Campos de Liria.
Regulación del potencial de producción vitivinícola
El Consejo de Ministros también ha aprobado sendas modificaciones en la regulación sobre el potencial de producción vitivinícola (Real Derceto 1308/2024, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre).
Por un lado, se amplía el plazo para la presentación de autorizaciones de replantaciones de viñedos hasta el final de la quinta campaña vitícola siguiente a aquella en que haya tenido lugar el arranque, con el fin de adaptarlo a la nueva normativa de la Unión Europea.
En segundo lugar, se introduce la mención correcta a la variedad de uva “xarello” dentro de las variedades clasificadas en Extremadura.